Tres años y medio de cárcel por intimidar a un tendero con navaja

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha  ratificado la condena de tres años y medio de cárcel impuesta por el  Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén, en sentencia del pasado mes de  octubre, a un varón, Faustino B. H.,

    07 feb 2012 / 16:55 H.

    que intimidó con una navaja al  tendero de un establecimiento de alimentación de la localidad  jiennense de Ubeda una mañana del pasado mes de mayo, según el fallo,  al que ha accedido Europa Press.
    De este modo, la Sala recuerda que el acusado, actuando con ánimo  de lucro, entró en el interior de dicho local, donde se encontraba  únicamente su propietario, a quien le pidió que le despachara una  barra de pan. Sin embargo, el imputado aprovechó, cuando la víctima  se giró para alcanzar el pan, para cogerlo de la espalda y arrojarlo  al suelo, sentándose el acusado encima del tendero mientras le ponía  una navaja en el costado diciéndole "dame el dinero o te mato, te  mato".
    Así las cosas, la víctima intentó levantarse, lo que obligó al  acusado a que cogiera un cuchillo que éste tenía en el mostrador y se  lo pusiera también en el pecho mientras mantenía la navaja en el  costado, dándole finalmente el tendero unos 45 euros en billetes que  tenía en el pantalón, huyendo a continuación el procesado al entrar  una cliente en el establecimiento.
    Asimismo, el agredido sufrió lesiones consistentes en herida  incisa en zona palmar y en pulgar, así como crisis de ansiedad, que  solo precisaron de una primera asistencia facultativa y que tardaron  en curar ocho días no impeditivos. De su lado, el acusado, el momento  de cometer los hechos, tenía ligeramente mermadas sus condiciones  volitivas como causa de ser drogodependiente.
    Por todo ello, la Sala ha considerado autor criminalmente  responsable de un delito de robo con intimidación a Faustino B. H. y  por ello lo ha condenado a la pena de tres años y seis meses de  prisión, así como a seis días de localización permanente por una  falta de lesiones, atendiendo al auto con fecha 9 de noviembre de  2011, que completó la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de  Jaén.