Sin indemnización por la muerte de un preso

La Audiencia Nacional rechaza la demanda interpuesta por la familia de un preso que murió a causa de una sobredosis en el Centro Penitenciario de Jaén en el año 2011. Los padres del recluso fallecido pidieron a la Administración que le pagase una indemnización de 145.000 euros, al entender que no había tomado las suficientes medidas de seguridad para evitar el tráfico de drogas en el interior de la prisión. También se basaron en el hecho de que no se le ofreció al interno ningún tratamiento alternativo —como la metadona— para superar su drogadicción, a pesar de sus antecedentes. No obstante, la Justicia rechaza la petición de los familiares. ¿Por qué? La Audiencia Nacional entiende que los responsables de la cárcel fueron diligentes en la búsqueda de estupefacientes en el mercado clandestino que existe dentro de sus muros. De hecho, solo en los seis meses anteriores a la muerte del interno realizaron casi 3.700 cacheos.

29 sep 2015 / 09:49 H.

La víctima, que ingresó por primera vez en prisión en 1999, siempre tuvo problemas con las drogas. El 18 de mayo de 2011, un juez de Linares lo envió de nuevo a la cárcel, en calidad de preventivo, acusado de un robo con violencia. A los médicos del Centro Penitenciario les dijo que llevaba un mes sin consumir. En la mañana del 7 de junio, es decir, apenas veinte días después de su ingreso, los funcionarios encontraron su cadáver al realizar el primer recuento de la mañana. Tenía tan solo 29 años. La autopsia certificó que el fallecimiento se produjo por un edema pulmonar agudo como consecuencia de una reacción tóxica a sustancias psicoactivas.


Sus padres entendieron que el acceso de un recluso a las drogas se produjo por la anormalidad en el funcionamiento de los servicios públicos debido a que no se adoptaron las suficientes medidas” de seguridad en la cárcel de Jaén. Por ello, reclamaron una indemnización de 145.000 euros. Primero, acudieron a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, que denegó su petición. Y, contra esa decisión, acudieron a la Justicia. Ahora, la Audiencia Nacional también les ha cerrado la puerta para ser compensados económicamente. La Justicia recuerda que los funcionarios realizaron 3.648 cacheos en el primer semestre el año 2011. Es más, la propia celda del recluso fallecido fue registrada en dos ocasiones —el 26 de mayo y el 5 de junio, es decir, apenas dos días antes de su muerte—.

Los funcionarios no encontraron nada. “Las medidas adoptada por el Centro Penitenciario son adecuadas dado su número y frecuencia. Hay que conjugar la seguridad con el respeto a la razonable intimidad que como persona el interno tiene”, explica la sentencia de la Audiencia Nacional. Y concluye: “No se puede exigir un acierto total y absoluto en las medidas de prevención. La obligación que tiene la Institución Penitenciaria de velar por la vida de los internos es de actividad y no de resultado”.