Publicada la circular sobre el transporte y recepción de aceituna en campaña
La Subdelegación del Gobierno en Jaén ha publicado este lunes una circular sobre la próxima campaña olivarera en la provincia para la ordenación del transporte, circulación, recepción y venta de aceituna. En la circular, que figura en el Boletín Oficial de la Provincia, se informa de que la Subdelegación dispondrá los oportunos servicios de vigilancia y control,
tanto en los medios rurales como en los puestos de compra, almazaras y carreteras para evitar el robo o hurto de aceituna con ocasión del transporte o la recepción del fruto o bajo el pretexto de la rebusca. Además, según ha informado en un comunicado, recoge el texto otras disposiciones sobre las tareas rebusca o la documentación de los trabajadores.
En concreto se dispone que los transportistas deberán llevar consigo una autorización o guía-conduce para el transporte de aceituna expedida por el titular de la explotación de donde proceda el fruto. Por su parte, el puesto de compra o la almazara receptora exigirán esta autorización de transporte que acredita la legítima procedencia de la aceituna, dando cuenta a la Guardia Civil si recibieran alguna partida que no viniera acompañada por esta guía y se observase algún indicio de procedencia ilícita del fruto.
En lo que se refiere a los puestos de compra de aceituna, deberán pertenecer necesariamente a un centro de compra vinculado a una almazara o a un operador en origen y deberán contar con la autorización de la Delegación Provincial de Agricultura, habiendo de disponer, además, de un libro de recepción y salida de aceituna.
La Subdelegación del Gobierno da un papel destacado en la circular a los agentes de la autoridad, a los que se encomienda la realización de controles, inspecciones e investigaciones, tanto en el proceso de transporte de aceituna, como en la recepción en las almazaras y puestos de compra. En el caso de que encontrasen indicios de procedencia ilícita o no justificada del fruto, levantarán el correspondiente atestado que dirigirán a la autoridad judicial dando cuenta a la Subdelegación del Gobierno y a la Delegación de Agricultura, organismos encargados de determinar la posible responsabilidad administrativa en la que se hubiera podido incurrir.
Por otro aldo, sobre la rebusca de aceituna se indica que solo podrá efectuarse a partir del 4 de marzo de 2012 y en aquellas fincas en que los propietarios la hayan autorizado expresamente por escrito. Finalmente y en el apartado sobre la recogida del fruto y documentación de los trabajadores, la citada circular explica que con la finalidad de comprobar que el personal que interviene en la recolección de aceituna se corresponde con el designado por el titular de la explotación agraria, éste deberá tener a disposición de los agentes de la autoridad la documentación precisa para la identificación y autorización de los empleados con la finalidad de impedir que se encubran situaciones de aprovechamiento ilegales o de contratación irregular de trabajadores.