Pagar pronto las multas reducirá la sanción un 50 por ciento

Pagar las multas de tráfico en los veinte primeros días después de  recibir la notificación conllevará una reducción de la sanción del 50  por ciento a partir de hoy, cuando entra en vigor el grueso de la  nueva Ley de Tráfico, orientada a facilitar el pago de las sanciones  y a acabar con el 25 por ciento de infractores que, utilizando un  método u otro, se libran de pagar las multas.

    25 may 2010 / 17:38 H.

    Así, a partir de este martes, los conductores que sean  sorprendidos por un agente de la Guardia Civil cometiendo una  infracción recibirán un nuevo boletín de denuncia en donde aparecerán  los datos del conductor, la infracción por la que ha sido denunciado,  así como la cuantía y la pérdida de puntos, en caso de que dicha  sanción lleve aparejada tal pérdida. Además, en la denuncia se incluirá un calendario con los nuevos  plazos que la nueva ley establece para pagar o recurrir la multa. Por  tanto, dos opciones: o hacer alegaciones --con lo cual se renuncia a  la reducción de la sanción-- o pagar la multa en el plazo de 20 días  naturales, lo que implica ahorrarse un 50 por ciento del importe,  pero también la renuncia a formular alegaciones, recurso de  reposición y perder los puntos al día siguiente. 

    Si se decide pagar la multa con reducción, se puede hacer a través  de Internet en 'www.dgt.es' en el apartado de trámites y multas, en  las oficinas de Correos o en cualquier sucursal del Banco Santander.  Una vez abonado el importe, queda abierta la vía  contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde  que éste se produce ante el órgano judicial competente. En el caso de que no se esté de acuerdo con la multa y se quieran  presentar alegaciones, los plazos se reducen respecto a la ley que  estaba en vigor hasta ahora. Así, a partir de este martes los  conductores tendrán 20 días naturales para presentar alegaciones ante  la Jefatura Provincial de Tráfico. Asimismo, el expediente caduca al  año de su iniciación, --mientras que ahora caducaba a los cuatro  años-- salvo que concurran causas legales de suspensión del mismo. 

    LEY DEL PAGO 'EXPRESS'

    Si no se formulan alegaciones ni se paga con reducción, la ley  fija que se dicte resolución sancionadora firme y se inicie su cobro  por vía ejecutiva en el plazo de 30 días naturales desde la  notificación de la misma, quedando entonces abierta la vía  contencioso-administrativa, igual que cuando se paga acogiéndose al  50 por ciento de descuento. Además, vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la  fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la  multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio de  la Agencia Estatal de Administración Tributaría. El boletín de denuncia puede ser entregado en mano por el agente  de la autoridad si se detiene al vehículo en el momento que ha  cometido la infracción o bien puede recibirse por correo postal o  correo electrónico (si el conductor ha facilitado a Tráfico su  dirección electrónica) en el caso de que la infracción haya sido  detectada por sistemas automáticos, como los radares fijos.

    Si la denuncia se entrega en el acto la ley fija, como novedad,  que el boletín tenga la consideración de notificación a todos los  efectos legales, es decir, que el conductor infractor no recibirá  ninguna otra notificación por correo, momento a partir del cual, el  denunciado podrá pagar o iniciar las alegaciones que considere.  Asimismo, los conductores infractores que tengan cuatro o más  sanciones graves o muy graves firmes sin pagar, no podrán realizar  ningún trámite relacionado con su vehículo.