Ordenan la demolición de unas construcciones en El Sapillo de Martos

El juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a cuatro  personas por realizar construcciones sobre un suelo clasificado como  no urbanizable protegido por área forestal de interés recreativo y ha  ordenado la demolición de todas las construcciones y edificaciones  que ejecutaron. 

    15 jun 2010 / 19:06 H.

    La sentencia, consultada por Europa Press, recoge que los cuatro  acusados son copropietarios de una finca de 7.839 metros cuadrados  ubicada en el paraje El Sapillo de Martos (Jaén) y que, pese a la  clasificación establecida para este terreno en el PGOU, comenzaron en  febrero de 2006 a realizar obras de división de la parcela  consistentes en movimientos de tierra y la ejecución de los muros de  contención mediante escolleras, si bien el Ayuntamiento dictó en esas  mismas fechas una resolución en la que ordenaba la suspensión  inmediata de estas obras. 

    Los procesados, por su parte, hicieron "caso omiso" y continuaron  con la ejecución de las obras e incluso la Alcaldía dictó en octubre  de ese mismo año otra nueva resolución manteniendo la paralización de  las obras. No obstante, siguieron con las obras y sobre dos de las  parcelas edificaron una construcción de paneles de madera y en otra  una nave de bloques de hormigón y nuevamente la Alcaldía dictó otra  orden de suspensión de obras, estando ya en abril de 2007, siempre  según la sentencia. 

    Así, en noviembre de 2009 se constata que los acusados habían  construido en dos de las parcelas sendas casetas de madera, en otra  de las parcelas una construcción con tipología de nave y sobre la  cuarta parcela dos construcciones, una con tipología de  cochera-vivienda y una nave con estructura metálica.  Sin embargo, "las obras de construcción y edificación llevas a  cabo por los acusados no son susceptibles de ser autorizables al ser  contrarias al PGOU de Martos y a la Ley de Ordenación Urbanística de  Andalucía", especifica el citado fallo judicial. 

    Por todo ello, los cuatro fueron considerados responsables de un  delito contra la ordenación del territorio por el que se les impone a  cada uno seis meses de prisión y una multa de 1.080 euros y de una  falta continuada de desobediencia que les pena a cada uno con 120  euros. Además, se acuerda la demolición de todas las construcciones y  edificaciones con cargo a los condenados.