No inscribir a los inmigrantes en el padrón 'es legal'

El informe jurídico elaborado por el bufete de abogados Roca Junyent asegura que la intención del Ayuntamiento de Vic (Barcelona) de no permitir el empadronamiento de los inmigrantes en situación  irregular, "no puede ser tildada de ninguna de las maneras como  incorrecta o contraria a la ley".

    18 ene 2010 / 17:36 H.

    En un comunicado, el Consistorio informó que tras recibir el  informe, encargado por el propio Ayuntamiento, ha entrado una  instancia en la subdelegación del Gobierno en Barcelona dirigida al  ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, a través de la cual  le reclama que informe por escrito sobre los requisitos sobre los  pasaportes que presentan los inmigrantes para poder inscribirlos. En esta instancia, el alcalde del municipio, Josep Maria Vila  d'Abadal, explicó que, "en cumplimiento de los requisitos legales y  reglamentarios", el Ayuntamiento pide, entre otros documentos, un  pasaporte en vigor a los ciudadanos extranjeros.
    Añade que, en estricto cumplimiento de la legalidad y en  aplicación del artículo 25 de la Ley 4/2000 que regula los Derechos y  las Libertades de los Extranjeros en España y su integración social,  distingue entre extranjeros procedentes de un estado miembro de la  Unión Europea (UE) y de los que no lo son."Para estos últimos, en estricta aplicación y respecto de lo que  establece" el citado artículo, "es preciso que el pasaporte se  acompañe del preceptivo visado", señala Vila d'Abadal. Añade que en  la misma norma se asegura que el visado habilita a los extranjeros a  permanecer en España y atribuye a los visados de residencia la  habilitación para residir en España.

    Según el Consistorio, estas disposiciones están relacionadas con  el artículo 15 de Ley de Bases de Régimen Local, que establece la  inscripción en el padrón municipal "como una obligación de todos los  que residen habitualmente en un municipio de España".

    FIEL INTERPRETACION DE LA LEY
    La instancia señala que en los últimos días varias voces  --"presumiblemente autorizadas"-- han mostrado su discrepancia con la  propuesta de Vic, "ajustada en todo caso a la más estricta y fiel  interpretación de las normales legales aplicables", incluso las  comunitarias sobre exigencia, efectos y características de los  visados emitidos por los estados miembros de la UE. El alcalde defiende que no corresponde al Ayuntamiento de Vic  interpretar qué pasaportes pueden considerarse válidos, por lo que  reclama al Ministerio del Interior que le informe sobre si tienen que  considerar como válido y suficiente un pasaporte sin visado en el  caso de extranjeros que no pertenecen a la UE y que quieran  inscribirse en el padrón.

    Pide al Ministerio que le informe sobre la respuesta a la consulta  para poder validar la actuación de la corporación municipal, "o  señalar en todo caso cuál tiene que ser la que se corresponda al más  estricto cumplimiento de las normas legales, internas y comunitarias,  que resultan de aplicación".