Los profesionales de Enfermería podrán volver a prescribir

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha levantado la  suspensión cautelar que había interpuesto contra el Decreto que avala  a los profesionales de la Enfermería para prescribir productos  sanitarios no sujetos a indicación médica.

    23 feb 2010 / 18:58 H.

    El alto tribunal andaluz se ha mostrado así sensible a los  argumentos esgrimidos en el recurso de Súplica que elevó el pasado  mes de noviembre la Consejería de Salud, el Servicio Andaluz de  Salud, así como diversos colegios y asociaciones profesionales, según  informó hoy en un comunicado el departamento que dirige María Jesús  Montero. De esta forma, las más de 25.000 enfermeras que trabajan en el  sistema sanitario público de Andalucía podrán de nuevo desarrollar  esta actividad que favorecerá, según la Junta, una respuesta más  ágil, cómoda y segura a los problemas de salud de los ciudadanos,  especialmente aquéllos que requieren cuidados a domicilio o tienen  una mayor relación clínica con las enfermeras por padecer una  enfermedad crónica, como diabéticos, con tratamientos de  anticoagulación oral, heridas crónicas, úlceras por presión y dolor.  Se prevé que cerca de un millón de pacientes crónicos e  inmovilizados podrán beneficiarse de la indicación de fármacos por  parte de las enfermeras. 

    El marco normativo que permite esta práctica en la comunidad, y  que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,  establece que los profesionales de enfermería pueden indicar a los  pacientes el uso de 96 medicamentos, comercializados en 400  presentaciones diferentes. Entre estos fármacos se encuentran los antiácidos, laxantes,  medicamentos para el dolor y la fiebre, antiinflamatorios, vitaminas  o antihistamínicos. Igualmente, se les permite recetar también productos sanitarios  como los utilizados para el cuidado de las heridas --vendas, gasas y  apósitos estériles-- o para la incontinencia urinaria.
    La prescripción de estos productos por parte de las enfermeras  supondrá importantes ventajas fundamentalmente para los pacientes que  se encuentran inmovilizados en sus domicilios y sus cuidadores,  puesto que les evitará desplazamientos a su centro de salud para que  estos productos les sean prescritos.

    Además, los profesionales de enfermería pueden colaborar con  médicos y odontólogos en el seguimiento, a través de protocolos de  actuación, de los pacientes que cuenten ya con determinados  tratamientos farmacológicos.  La nueva actividad de estos  profesionales favorece, por tanto, la labor en equipo y la asistencia  multidisciplinar a los usuarios.   Todas estas actuaciones profesionales se enmarcan en la Estrategia  de Cuidados que, impulsada por la Consejería de Salud, tiene como  objetivo dotar a estos profesionales de un marco competencial más  amplio.

    ORDEN ENFERMERA
    Andalucía se convirtió en la primera comunidad autónoma que reguló  la indicación de productos sanitarios y medicamentos no sujetos a  prescripción médica por parte de las enfermeras de la sanidad  pública. La receta para los medicamentos y los productos sanitarios se  realizará a partir de un documento denominado 'orden enfermera', que  está disponible en los centros de salud y podrá ser tanto en formato  papel como digital.  En este documento, cada enfermera se identificará con su nombre y  apellidos y su código numérico personal. Además, y siempre que sea  posible, se ha dispuesto que los medicamentos se indiquen por su  principio activo y los productos sanitarios por su denominación  genérica. En la historia clínica del paciente, se registrará el contenido de  la orden enfermera, que se expide según tres modelos: para la  dispensación en oficinas de farmacia, para la entrega directa a los  pacientes en los propios centros de productos sanitarios y para la  utilización en pacientes ingresados.

    En 2008, un 3% de las prescripciones realizadas en el sistema  público fue de productos sanitarios, lo que supuso un 5,7% de la  factura farmacéutica total. En concreto, se realizaron 5,1 millones  de recetas, con un coste económico de 127,9 millones de euros.  Por su parte, el coste económico alcanzado en 2008 por los  medicamentos que pueden ser indicados por los profesionales de  enfermería fue de 70,5 millones de euros, correspondientes a 18,7  millones de recetas, lo que supuso el 11,2% de las prescripciones  realizadas y un 3,2% de la factura farmacéutica total.

    CONSEJO DE ENFERMERIA
    El mismo presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo  González Jurado, ya se mostró confiado a comienzos de año en que el  TSJA levantaría tal la suspensión cautelar. Tal y como aventuraba en un almuerzo informativo en Sevilla en el  marco del 'Primer foro sobre los últimos avances de la profesión de  enfermería', González Jurado mostraba su "absoluta convicción" de que  el TSJA levantará finalmente la suspension, una certeza que apoyaba  en su convicción de que "los argumentos jurídicos que hemos elevado  en conjunto con la Consejería de Salud de Andalucía, así se lo harán  ver al tribunal". Sea como fuere, el dirigente sindical, quien agradeció la "valor"  mostrado por la Consejería andaluza del ramo "al ser la primera" que  articulo una norma del tipo, recordaba que la suspensión elevada por  la Organización Médica Colegial "no entraba en el contenido, sino en  la forma", en referencia a la cuestión competencial de legislar sobre  esta materia y que los médicos entendían que era del Ministerio. Del mismo modo, recordaba que el Congreso de los Diputados ya  había aprobado de forma definitiva una modificación de la Ley del  Medicamento por la que les permite ya de forma legal prescribir  algunos medicamentos, por lo que "queda ya prácticamente invalidado  el recurso de los médicos", enjuiciaba.