Los empresarios que empleen a 'irregulares' se quedan sin ayudas
Enrique Alonso/Jaén
Contratar a un empleado que carezca de la documentación para trabajar salía muy caro. En cambio, después de la reunión del Consejo de Ministros de la Unión Europea, costará mucho más. Bruselas unifica la legislación para los veintisiete países con un claro endurecimiento de las sanciones. Por suerte, no es muy habitual.
Contratar a un empleado que carezca de la documentación para trabajar salía muy caro. En cambio, después de la reunión del Consejo de Ministros de la Unión Europea, costará mucho más. Bruselas unifica la legislación para los veintisiete países con un claro endurecimiento de las sanciones. Por suerte, no es muy habitual.
Pero, ocurre. Un agricultor, por ejemplo, que recibe la visita de la patrulla de la Guardia Civil o de la Inspección de Trabajo a su cortijo. Si se hallaba a personas en el tajo sin los permisos para trabajar o, lo que es lo mismo, inmigrantes sin la documentación en regla se le “caía el pelo”. Lo normal es que tuviera que pagar una multa de 6.000 euros por persona indocumentada e, incluso, que tuviera que acudir al juzgado para responder por un delito contra los derechos de los trabajadores, que se trata por la vía penal. Sin embargo, la Comisión Europea ha dado un paso más. Bruselas homogeneiza las sanciones contra los que contratan a personas sin la documentación necesaria. A la Unión Europea le parece bien lo que ya hacían otros países, como España, que castigaban a estos empresarios con una dura multa y con un procedimiento penal que acarreaba sanción. Pero, pide aún más dureza. Por ello, se ha acordado que, además, se retiren todas las ayudas públicas, tanto las que concede el país, como las que da la Unión Europea, durante cinco años. Aunque, no es todo. El empresario también tendrá que pagar los gastos de repatriación, abonar al Estado una suma igual a la cantidad de impuestos y cotizaciones que habría pagado el trabajador en el caso de que hubiera tenido un contrato legal y, además, ingresar los salarios atrasados que le corresponden al empleado. Asimismo, la responsabilidad no es sólo del que tendría que hacer el contrato y tiene entre sus asalariados a un “irregular” sin dar de alta en el régimen de la Seguridad Social. Si el agricultor paga a una empresa de servicios para que le recoja la aceituna y llega la Guardia Civil o la Inspección de Trabajo y detecta a “irregulares” tendrá que responder el empresario y, además, el olivarero que ha encargado esos servicios. Es un ejemplo ligado al campo, pero también sirve para una constructora que subcontrate trabajos.