Las arcas del pueblo llano
JOSÉ MARíA RUIZ RELAÑO desde Andújar. Contra la citación de Su Alteza Real la Infanta doña Cristina Federica de Borbón y Grecia para declarar como imputada en el caso Nóos, el fiscal Pedro Horrach ha interpuesto recurso de apelación que se verá ante la Audiencia. En su escrito sienta el Ministerio Público que 'ha podido extraerse el hecho incuestionable de que la Infanta figuraba como vocal del Instituto Noos, que su nombre figuraba en un folleto publicitario y que ostentaba participaciones en la mercantil Aizoon S. L'.
En otro punto, dice el señor Horach que parte de los gastos personales de Iñaki y de Cristina salían de las arcas de Aizoon S. L., (sociedad compuesta por los dos esposos) contabilizándose como gasto social. Y por último, que al menos un convenio se ultimó en el Palacio de Marivent, con Jaume Matas; y otro al parecer en el de La Zarzuela, con Rita Barberá y Francisco Camps. ¿De que estamos hablando? Hablamos, evidentemente, de un posible delito de tráfico de influencias, es decir, de conseguir directa o indirectamente beneficio económico en mérito a la relación personal que el infractor tenga con gente señalada, autoridad o funcionario. En este sentido, afirma el Ministerio Público que la “mera aparición de un nombre en los folletos informativos o de presentación de una entidad no es en sí mismo suficiente para la comisión de la citada figura delictiva, por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate”, y también asegura el Fiscal que “dicho tipo delictivo exige la sugestión, inclinación, invitación o instigación sobre otra persona para alterar el proceso motivador de ésta en la toma de una decisión”. Este es el criterio del Ministerio Público. Otro ha sido evidentemente el del instructor señor Castro, contra el que aquel recurre. Y otro, quizá distinto, será el del órgano que juzgue, si llegara el caso. Hay, por de pronto, que mantener que la Infanta solo consintió (si es que conoció) que su nombre figurara en la publicidad, pero que desde luego no hizo (al menos que se sepa y así debe de presumirse entre tanto) ninguna otra cosa mas. ¿Acaso era preciso algo mas para torcer voluntades ajenas? ¿No bastaba con figurar su nombre? Que se la lleve a juicio oral es hipótesis mas que improbable. Pero no se trata, como algunos mantienen, de que Cristina sea eximida de la acción de la Justicia por ser Infanta. Si se la exime, será porque la Ley Penal española tiene sus límites, unos límites que la esposa de Urdangarin no haya transgredido. Con todo, hay algunos puntos oscuros. Se percibe (en mi modesta opinión) como muy sano para la “res pública” que doña Cristina declarara y más aún que lo hiciera espontáneamente, y que nadie (fiscal ni nadie) se empecinara tratando de anular su citación. La imagen de la Casa Real mejoraría si un miembro tan destacado de la misma se sometiera de buen grado a la Justicia. De no ser así (si pretendiera sustraerse denodadamente a la misma) abonaría el sentimiento de quiénes sospechan malévolamente que la Infanta oculta algo y por eso teme o descree de la Justicia de su país (incrementando la alarma social hoy latente sobre la Justicia), de la que desconfía. ¡Cuánto mejor sería que la Infanta esbozara una sonrisa y dijera al señor Castro, aquí estoy, señor, pregúnteme, o remítame las preguntas por escrito! Nadie la va a reprender penalmente si está limpia; es más, su figura emergería de la prueba enaltecida. Y entre el barullo y la parafernalia con que se ha querido envolver el caso, tras esa cortina de humo, se oculta y se echa en el olvido (acaso ésta sea la consigna secreta de tirios y troyanos) lo más grave de todo. Porque lo mas grave y lo más repugnante de todo es la actitud de los administradores de fondos públicos, fieles cortesanos, quiénes ante un leve guiño (o sin guiño ni sugerencia) abren las arcas del pueblo llano (que pasa hambre) para congraciarse con quienes insinúan llegar en nombre de la nobleza cortesana, cuando la auténtica nobleza no exige ni pide tributo espurio.