“La ley es ineludible para la paz”
El Rey Felipe VI recalcó que respetar la ley es “la fuente de legitimidad y la exigencia ineludible para la convivencia democrática en paz y libertad”, durante la entrega de despachos a jueces en Barcelona, con la presencia del presidente de la Generalitat, Artur Mas.
En su discurso de ayer, Felipe VI hizo hincapié en que “para el poder judicial, como para el resto de instituciones del Estado, el respeto a la ley nunca fue, ni es ni debe ser un simple trámite, una mera formalidad, una alternativa”.
En su discurso de ayer, Felipe VI hizo hincapié en que “para el poder judicial, como para el resto de instituciones del Estado, el respeto a la ley nunca fue, ni es ni debe ser un simple trámite, una mera formalidad, una alternativa”.

El monarca, que presidió el acto por primera vez como jefe de Estado, pese a que el año pasado ya lo presidió en nombre de su padre, Juan Carlos I, ensalzó la plena vigencia de la Constitución, texto que es “imprescindible para el funcionamiento de la comunidad política y para el desarrollo económico y social”. “A través del Estado de Derecho, los ciudadanos encuentran la garantía de sus libertades ante los poderes públicos, porque los poderes públicos de esa manera se ven sometidos al imperio de la ley y respetándola garantizan el ordenado funcionamiento del Estado”, destacó.
En un acto en que los 35 nuevos jueces recibieron sus despachos, el Rey avisó de que “sin justicia y sin una justicia independiente, no existiría verdaderamente el concepto de comunidad política democrática”. “Y vosotros, jueces y magistrados, que sois independientes, inamovibles, responsables y estáis sometidos únicamente al imperio de la ley, os corresponde impartir justicia. Vais a tener así el honor, pero sobre todo a inmensa responsabilidad, de participar en una tarea que es esencial para la convivencia pacífica de los ciudadanos”.
También acudieron al acto el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes; el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC); el ministro de Justicia, Rafael Catalá; Miguel Ángel Gimeno; la fiscal general, Consuelo Madrigal; la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, la delegada del Gobierno en Catalunya, Llanos de Luna.
Lesmes, con el rey. El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, recalcó, por su parte, en su discurso en la entrega de despachos a la nueva promoción de jueces en Barcelona que “no hay democracia sin respeto a la Ley”. Lesmes recordó que el Estado de Derecho reclama a los jueces que “custodien sin ambigüedades la Constitución y la Ley” al considerar que es la única manera de proporcionar, con imparcialidad e independencia, respuestas a los problemas de los ciudadanos.
Añadió que es el deber de los jueces ofrecer un marco de seguridad jurídica y de certeza, “siempre cruciales en cualquier sociedad democrática y más todavía en épocas de turbulencia económica y social”.
También dijo a los 35 nuevos jueces de esta promoción que la autonomía e independencia del Poder Judicial dependen de su coraje y su integridad y de su “voluntad de hacer frente a cualquier presión o manipulación”. El presidente del Tribunal Supremo les garantizó que el CGPJ preservará esta independencia “siempre que resulte amenazada”, y expresó su “profundo” deseo de que todos los nuevos jueces se sientan orgullosos de su órgano de gobierno y del trabajo que está realizando en la actualidad.
El artículo 155 de la Constitución tiene que ver con las vías del Gobierno del Estado para controlar la actividad de las Comunidades Autónomas. Contempla los mecanismos excepcionales que tiene el Estado para establecer dispositivos de control subsidiario, de carácter excepcional o extremo y alcance coercitivo, de tal forma que se obligue a la región al “cumplimiento forzoso” de sus deberes. Según la redacción del artículo, se establecen dos ocasiones en las que el Gobierno podría aplicarlo: Si la comunidad no cumple “las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan” o en el caso en el que actúe “de forma que atente gravemente el interés general de España”. Igualmente, el artículo explica el mecanismo que debe seguir el Estado para ponerlo en práctica: Antes de nada, el Gobierno central deberá enviar “requerimiento” al presidente de la Comunidad Autónoma para que cumpla con sus obligaciones o deje de actuar como lo esté haciendo. En caso de no ser atendido el requerimiento, el Gobierno “podrá adoptar las medidas necesarias para obligar” a la comunidad al “cumplimiento forzoso”.