La Justicia obliga a la Junta a retirar el "Lagarto" del vial Norte
En marzo de 2011, la Junta de Andalucía inauguraba a bombo y platillo el primer tramo del Distribuidor Norte, el vial que une la carretera de Madrid con el barrio del Bulevar. En esas obras se incluía la construcción de un muro de contención que tenía la finalidad de proteger los valiosos restos arqueológicos hallados en el importante yacimiento de Marroquíes Bajos. Sobre parte de la pared, el escultor José Ríos y el grafitero Belin recrearon en tres dimensiones la leyenda de “El Lagarto de La Malena” y crearon un reptil utilizando hierro, piedra y material de reciclaje. Cuatro años después de aquello, la Justicia obliga a derribar ese muro de hormigón armado, en el que se invirtieron miles de euros de dinero público, y, como “víctima indirecta”, todos los elementos artísticos que lo decoran. Es decir, el conocido como “El Lagarto del vial Norte”.
¿Por qué? Simplemente, porque no se construyó en la parcela donde se encontraron y catalogaron los vestigios arqueológicos, sino en la adyacente. Esa segunda finca se quedó “encerrada” y prácticamente sin posibilidad de acceso al vial. En junio de 2012 —apenas tres meses después de la inauguración del distribuidor— su propietario emprendió una batalla legal para que la Junta eliminara el talud.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le ha dado la razón y obliga a la Administración autonómica a retirar el muro, que tiene 40 metros de ancho y casi 8 metros de alto en su cota máxima. “Es de hormigón armado y no quedará más remedio que destruirlo para restablecer la legalidad vigente. Es prácticamente imposible trasladarlo”, explica el abogado Salvador Martín Valdivia, que ha defendido al dueño de la parcela en este procedimiento judicial en el que, además, ha ganado las costas.
La recientísima sentencia del TSJA confirma una anterior resolución, dictada en julio de 2013 por el magistrado Jesús Romero, del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 2 de Jaén. La Junta defendió en ese procedimiento que no existía error en la ubicación del muro y que, en todo caso, la pared cumplía una función de protección de los restos arqueológicos de Marroquíes Bajos. Al respecto, recordaba que la finca del demandante está ubicada en una zona adyacente al yacimiento protegido. Sin embargo, el juez Romero consideró probado que ni tan siquiera se realizaron excavaciones o prospecciones en la segunda parcela: “No hay constancia de la existencia de restos arqueológicos de especial protección, al no encontrarse ni catalogados ni documentados en ningún plano oficial”, sostiene el magistrado en su sentencia. Una resolución en la que, además, considera probable que cualquier resto que pudiera existir en ese terreno fue en su día destruido por la remoción de tierra previa a la construcción del muro.
Por todo ello, Jesús Romero declaró que esa pared de contención era “ilegal” y ordenó a la Junta su retirada. La Administración autonómica recurrió ante el TSJA, que acaba de confirmar la decisión. “Existe una clara vulneración de los intereses legítimos del dueño, que no son otros que el pacífico disfrute de su derecho a la propiedad; vulneración derivada de la imposibilidad material de acceder a su parcela”, concluye la sentencia que “condena” al “Lagarto” del vial Norte.