La juez Alaya pide 'auxilio jurisdiccional' por los ERE

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla,  Mercedes Alaya, que investiga las prejubilaciones fraudulentas  detectadas en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE)  incentivados por la Junta de Andalucía gracias a un acuerdo entre la  Dirección General de Trabajo y Seguridad Social y el antiguo  Instituto de Fomento de Andalucía (IFA),

    17 may 2011 / 17:46 H.

    ha solicitado a la Dirección  General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio  de Economía, "auxilio jurisdiccional" en la investigación de las  pólizas que fueron abonadas en algunos de los ERE irregulares.
    En un auto dictado el día 7 de abril, al que ha tenido acceso  Europa Press, la juez Mercedes Alaya recuerda que, en el atestado  policial que dio lugar a la formación de la presente causa, se  aportaban "importantes" datos de la presunta existencia de una  "trama" que tendría por objeto la autorización fraudulenta de ERE con  planes de prejubilación anticipada mediante pólizas de rentas  colectivas, "cuya prima era sufragada en su mayor parte por la Junta,  y ello en multitud de empresas a lo largo de la región andaluza". 
    "En tales ERE la ilicitud vendría determinada por el hecho de que  a través de dichos ERE resultaban beneficiarios de las pólizas  personas que nunca habían trabajado en dichas empresas, y todo ello  con la presunta intervención o conocimiento de los diferentes  empresarios, de la Junta, de los intermediarios en las diferentes  pólizas y, en su caso, de las compañías aseguradoras", prosigue la  juez, que añade que de lo actuado "parece desprenderse que la mayor  parte de estos falsos trabajadores se incluían directamente en la  tramitación de las pólizas de seguros, no apareciendo sus nombres en  la relación de personas afectadas por los ERE". 
    Por todo ello, "y siendo ingente la documentación a examinar, así  como evidente la complejidad de la misma", pues "es necesario cruzar  los datos entre la documentación relativa a los ERE y la referida a  las pólizas suscritas", la juez instructora solicita a la Dirección  General de Seguros "auxilio jurisdiccional" a fin de que, por los  expertos que se determinen por este organismo, "se colabore" con el  Juzgado y la Policía Judicial en el examen de la documentación  relativa a las pólizas y, "particularmente, que se informe sobre las  condiciones técnicas o económicas de las mismas a fin de determinar  la correlación del riesgo con la prima abonada en cada caso". 
    Asimismo, solicita lo anterior al objeto de que se informe "sobre  las condiciones jurídicas de las mencionadas pólizas y su validez,  con especial examen de los tomadores, asegurados y beneficiarios de  las pólizas", ya que entre las mismas "hay pólizas en las que los  tomadores son o bien la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, o  sindicatos como la Federación de Industria o Minero-Metalúrgica de  CCOO-A, o inclusive la entidad mediadora de los seguros --Vitalida  Vida S.A.--, siendo el beneficiario en alguna de las pólizas la  Tesorería General de la Seguridad Social". 
    Igualmente, la juez dice que "resulta destacable cómo hay pólizas  en las que aparecen como asegurados determinadas personas físicas en  las que el tomador es la Dirección General de Trabajo, pactándose que  en caso de supervivencia de tales asegurados los beneficiarios serán  empresas tales como Fomento de Construcciones y Contratas S.A. y  Cespa S.A., y que en caso de fallecimiento de los asegurados los  beneficiarios serán sus herederos legales". 
    Además, y según ha publicado en su edición de este martes el  rotativo 'ABC', la juez establece que "cuando la instrucción se  complete y se determine el número de personas que, indebidamente, han  recibido prestaciones a cargo de dichas pólizas de rentas colectivas  financiadas por la Junta, se deberán efectuar para determinar el  perjuicio económico causado con cargo a los fondos públicos los  cálculos necesarios para concretar la proporción de la prima  correspondiente a cada póliza indebidamente abonada por orden de la  Dirección General de Trabajo". 
    Todo ello, establece la juez, "según el número de los falsos  trabajadores incluidos en cada una de ellas y las prestaciones  recibidas por estos, a lo que habrá que añadir el importe de las  primas destinadas exclusivamente para pólizas a favor de personas  determinadas sin vinculación con ninguna empresa, y en su caso el  coste adicional que le haya podido suponer a la Junta las primas  abonadas en caso que las mismas se hayan inflado artificialmente".