La delegada para la Igualdad cree que el indulto a la madre de Pozo Alcón es lo más razonable
La delegada provincial para la Igualdad y el Bienestar Social en Jaén, Carmen Álvarez, consideró que la decisión del Consejo de Ministros de indultar la pena de alejamiento que se impuso a una mujer de la localidad jiennense de Pozo Alcón por abofetear a uno de sus hijos es "lo más razonable". En declaraciones a Europa Press, Alvarez afirmó que, "respetando siempre las decisiones judiciales y teniendo en cuenta que la pena que se le impuso es la que prevé la ley, el indulto parece lo más sensato".
En este sentido, recordó que la sentencia se produjo dos años después de que ocurrieran los hechos, por lo que, en su opinión, la decisión se ha tomado "por el bien del menor en cuestión y de los demás de la familia". "Separarlos no hubiera sido lo más idóneo en la situación actual, así que creo que se está aplicando el sentido común y mirando por lo mejor para los niños en este momento", apuntó la delegada para la Igualdad. En este sentido, insistió en que se trató de una situación que "está más que superada" como lo indican los respectivos informes de los servicios sociales así como del Ayuntamiento de Pozo Alcón, que ponían de manifiesto que "la relación en la familia es buena". El Consejo de Ministros adoptó el indulto de la pena de alejamiento el pasado 8 de abril y se la comunicó a la Audiencia Provincial de Jaén por telegrama. Con respecto a la privación de libertad a la que también fue condenada, el indulto no se pronuncia al respecto ya que esa pena ya está suspendida por un plazo de años. Ahora el Real Decreto de este indulto parcial tiene que salir publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, a partir de esa fecha, se mantendrá vigente siempre y cuando en un plazo de dos años no cometa delito doloso alguno. Ante esta decisión, el abogado de la familia, Ignacio Amor, se mostró muy satisfecho tras conocer la noticia con la que "termina el proceso judicial", toda vez que la pena de prisión a la que también había sido condenada quedará en suspensión al ser inferior a dos años y carecer de antecedentes penales. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Jaén fue la que propuso el indulto a esta madre en lo referido a la condena de un año de alejamiento que le fue impuesta por estos hechos, al considerar que esta prohibición puede ser perjudicial para sus dos hijos. Al mismo tiempo, la Audiencia la condenó a 67 días de prisión y, en aplicación del Código Penal, le impuso un alejamiento de 432 días sin aproximarse al menor. Los hechos se desarrollaron el 6 de octubre de 2006, cuando María del Saliente A. M. estaba en su domicilio de Pozo Alcón y recriminó a su hijo que tenía diez años de edad porque no había hecho los deberes del colegio, a lo que este le respondió tirándole una zapatilla y corriendo a encerrarse en el cuarto de baño. La madre fue tras el pequeño y, pese a la oposición del menor, consiguió abrir la puerta, lo que hizo que el niño cayera al suelo; fue entonces cuando la mujer le levantó agarrándole del cuello, dándole seguidamente un tortazo por detrás en la cabeza que hizo que se golpeara la nariz y sangrara.