La delegada para la Igualdad cree que el indulto a la madre de Pozo Alcón es lo más razonable

La delegada provincial para la Igualdad y el Bienestar Social en Jaén, Carmen Álvarez, consideró que la decisión del Consejo de  Ministros de indultar la pena de alejamiento que se impuso a una  mujer de la localidad jiennense de Pozo Alcón por abofetear a uno de  sus hijos es "lo más razonable". En declaraciones a Europa Press, Alvarez afirmó que, "respetando  siempre las decisiones judiciales y teniendo en cuenta que la pena  que se le impuso es la que prevé la ley, el indulto parece lo más  sensato".

    14 abr 2009 / 15:26 H.

    En este sentido, recordó que la sentencia se produjo dos  años después de que ocurrieran los hechos, por lo que, en su opinión,  la decisión se ha tomado "por el bien del menor en cuestión y de los  demás de la familia". "Separarlos no hubiera sido lo más idóneo en la situación actual,  así que creo que se está aplicando el sentido común y mirando por lo  mejor para los niños en este momento", apuntó la delegada para la  Igualdad. En este sentido, insistió en que se trató de una situación que  "está más que superada" como lo indican los respectivos informes de  los servicios sociales así como del Ayuntamiento de Pozo Alcón, que  ponían de manifiesto que "la relación en la familia es buena". El Consejo de Ministros adoptó el indulto de la pena de  alejamiento el pasado 8 de abril y se la comunicó a la Audiencia  Provincial de Jaén por telegrama. Con respecto a la privación de  libertad a la que también fue condenada, el indulto no se pronuncia  al respecto ya que esa pena ya está suspendida por un plazo de años. Ahora el Real Decreto de este indulto parcial tiene que salir  publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, a partir de esa  fecha, se mantendrá vigente siempre y cuando en un plazo de dos años  no cometa delito doloso alguno. Ante esta decisión, el abogado de la familia, Ignacio Amor, se  mostró muy satisfecho tras conocer la noticia con la que "termina el  proceso judicial", toda vez que la pena de prisión a la que también  había sido condenada quedará en suspensión al ser inferior a dos años  y carecer de antecedentes penales. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Jaén fue la que  propuso el indulto a esta madre en lo referido a la condena de un año  de alejamiento que le fue impuesta por estos hechos, al considerar  que esta prohibición puede ser perjudicial para sus dos hijos. Al  mismo tiempo, la Audiencia la condenó a 67 días de prisión y, en  aplicación del Código Penal, le impuso un alejamiento de 432 días sin  aproximarse al menor. Los hechos se desarrollaron el 6 de octubre de 2006, cuando María  del Saliente A. M. estaba en su domicilio de Pozo Alcón y recriminó a  su hijo que tenía diez años de edad porque no había hecho los deberes  del colegio, a lo que este le respondió tirándole una zapatilla y  corriendo a encerrarse en el cuarto de baño.  La madre fue tras el pequeño y, pese a la oposición del menor,  consiguió abrir la puerta, lo que hizo que el niño cayera al suelo;  fue entonces cuando la mujer le levantó agarrándole del cuello,  dándole seguidamente un tortazo por detrás en la cabeza que hizo que  se golpeara la nariz y sangrara.