La defensa de Juan Lanzas dice que Vitalia aún le debe comisiones
El letrado de Juan Lanzas madura un recurso para la excarcelación del 'conseguidor' en la trama de los ERE falsos de la Junta. La defensa se basa en que la juez Alaya no puede atribuirle 'delitos de funcionarios', como la malversación, y en que su papel se limitó a asesorar a empresas, sin poder para fijar 'sobrecomisiones'.
Es considerado una pieza clave en la supuesta estrategia de desvío de fondos públicos con la aprobación de expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, el “conseguidor” que hizo posible el reparto de “sobrecomisiones” entre aseguradoras, testaferros y cargos de la Administración pública andaluza. Por eso, la juez Mercedes Alaya, que instruye este caso, lo envió a prisión, el pasado viernes, por los delitos de malversación, prevaricación, falsedad documental, asociación ilícita y cohecho. Su defensa, en manos del penalista granadino Pablo Luna —que ya representó a Marisol Yagüe, la exalcaldesa de Marbella, detenida en la operación Malaya—, prepara un recurso en el que pretende echar por tierra estos argumentos y excarcelar a su cliente. La clave está en que las acciones que se le atribuyen son, como apunta, “privadas”, un simple trabajo porque aún Vitalia le debe dinero al que fuera un importante cargo de UGT en Andalucía.
El papel de Lanzas, según el abogado, “se limita a ser comisionista” de Vitalia, una de las consultoras que, según la instructora, “obtuvo los medios suficientes para, presuntamente, corromper de manera continuada a cargos de la Administración autonómica” a través de un sistema en el que Lanzas era fundamental. Luna es tajante en cuanto a “la capacidad” del exsindicalista en el entramado y aclara que solo “ofrecía sus servicios”, como hizo con otras empresas. La defensa también tiene una explicación para uno de los hechos que le atribuye el Juzgado número 6 de Sevilla, beneficiarse de pólizas de prejubilaciones de forma fraudulenta, junto a su mujer, Patrocinio Sierra. El dinero, cifrado en 455.000 euros, está inmovilizado, aclara, y, además, corresponde a un pago de Vitalia. Esta fórmula fue elegida en un intento de reducir la suma que el fisco se llevaría de esta cantidad, según se explicó a este periódico. Para la defensa, tampoco es posible que Lanzas esté imputado de todos aquello que se le atribuye y, en algunos casos, al tratar de una actividad privada, constituyen una conducta menos grave que si se trata de funcionarios públicos. En el caso de la prevaricación, el penalista considera que, como máximo, para su representado implicaría una inhabilitación y, en cuanto a la malversación, por ejemplo, es una tipología penal que solo se entiende para representantes de las administraciones. La asociación ilícita no es “un delito grave”, precisa. Además, el letrado revisará en qué grado se penan estos hechos en el Código Penal del año 2010, cuando, supuestamente, los cometió Lanzas.
José Rodríguez Cámara /Jaén
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