La Audiencia rechaza imputar a Cospedal, Rajoy y Acebes
La Audiencia Nacional rechazó la imputación del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy; de la secretaria general del Partido Popular (PP), María Dolores de Cospedal, y de sus antecesores en el cargo, Ángel Acebes y Francisco Álvarez Cascos, en la causa en la que se investiga la “caja B” de la formación, al considerar que la investigación no determinó su “intervención o interferencia” en las conductas penales atribuidas a los extesoreros Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta.
Así consta en tres autos dictados por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en los que se rechazan los recursos de apelación presentados por cinco acusaciones (PSPV, IU, Observatori DESC, Manos Limpias y Adade) y cuatro defensas contra el auto dictado el pasado 23 de marzo por el juez Pablo Ruz en el que proponía juzgar a Bárcenas, Lapuerta y otras cuatro personas en esta pieza separada del “caso Gürtel”.
De esta manera, los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel confirmaron que en el banquillo de los acusados del juicio por la contabilidad B del PP se sentarán, además de los dos extesoreros “populares”, el exgerente de la formación Cristóbal Páez, los socios del estudio de arquitectura Unifica, Gonzalo Urquijo y Belén García, y su empleada Laura Montero.
Exculpados. El auto en el que se resuelve el recurso presentado por Izquierda Unida y los cuatro colectivos sociales que presentaron la querella que inició la investigación, el tribunal señala que la imputación de Cospedal y Acebes resulta “reiterativa e ineficaz” porque sus declaraciones como testigos ya se celebraron “con el resultado exculpatorio que aparece en el procedimiento”.
A este respecto, en la resolución en la que se resuelve el recurso de la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), los magistrados señalan que “en el momento actual no aparecieron nuevos datos, elementos indiciarios o revelaciones distintas” que permitan reconsiderar su exoneración en esta causa.
En este sentido, apuntaron que a lo largo del procedimiento se detallaron “hasta la saciedad” los indicios delictivos atribuidos a los imputados, “sin dar entrada a terceros ajenos a esa participación, que no se cubre acudiendo a determinados cargos ostentados en la formación política”.
La Sala también avala la decisión del juez Ruz de enviar a los juzgados de Toledo la parte del procedimiento en la que se investiga la posible comisión de un delito de prevaricación administrativa en la concesión y ejecución en 2007 de un contrato de basuras que el Ayuntamiento de la ciudad adjudicó a la empresa Sufi, filial de Sacyr.
Así consta en tres autos dictados por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en los que se rechazan los recursos de apelación presentados por cinco acusaciones (PSPV, IU, Observatori DESC, Manos Limpias y Adade) y cuatro defensas contra el auto dictado el pasado 23 de marzo por el juez Pablo Ruz en el que proponía juzgar a Bárcenas, Lapuerta y otras cuatro personas en esta pieza separada del “caso Gürtel”.
De esta manera, los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel confirmaron que en el banquillo de los acusados del juicio por la contabilidad B del PP se sentarán, además de los dos extesoreros “populares”, el exgerente de la formación Cristóbal Páez, los socios del estudio de arquitectura Unifica, Gonzalo Urquijo y Belén García, y su empleada Laura Montero.
Exculpados. El auto en el que se resuelve el recurso presentado por Izquierda Unida y los cuatro colectivos sociales que presentaron la querella que inició la investigación, el tribunal señala que la imputación de Cospedal y Acebes resulta “reiterativa e ineficaz” porque sus declaraciones como testigos ya se celebraron “con el resultado exculpatorio que aparece en el procedimiento”.
A este respecto, en la resolución en la que se resuelve el recurso de la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), los magistrados señalan que “en el momento actual no aparecieron nuevos datos, elementos indiciarios o revelaciones distintas” que permitan reconsiderar su exoneración en esta causa.
En este sentido, apuntaron que a lo largo del procedimiento se detallaron “hasta la saciedad” los indicios delictivos atribuidos a los imputados, “sin dar entrada a terceros ajenos a esa participación, que no se cubre acudiendo a determinados cargos ostentados en la formación política”.
La Sala también avala la decisión del juez Ruz de enviar a los juzgados de Toledo la parte del procedimiento en la que se investiga la posible comisión de un delito de prevaricación administrativa en la concesión y ejecución en 2007 de un contrato de basuras que el Ayuntamiento de la ciudad adjudicó a la empresa Sufi, filial de Sacyr.