El PP pretende reformar el Constitucional y frenar a Mas

El PP presenta en el Congreso una proposición de ley de reforma del Tribunal Constitucional para permitir a esta instancia judicial multar, e incluso, suspender a los funcionarios y gobernantes de comunidades autónomas que no cumplen sus sentencias y resoluciones, una iniciativa que, aunque aplicable a todas las administraciones, está pensada para una posible declaración unilateral de independencia en Cataluña.

02 sep 2015 / 10:26 H.


La propuesta de reforma de la ley del Tribunal Constitucional fue presentada por el portavoz del Grupo Popular, Rafael Hernando, y el candidato del PP a la Presidencia de la Generalitat, Xavier García Albiol, quien considera que esta medida será “la garantía” de que no haya opción a la independencia de Cataluña: “La broma ha terminado”, proclama Albiol.
Aunque el Senado aún está debatiendo la reforma de la Ley del Tribunal Constitucional para recuperar el recurso previo de inconstitucionalidad ante reformas estatutarias, el PP presenta esta otra reforma separada, pero con idea de que se aprueba antes de la disolución de las Cámaras. Según los planes del Grupo Popular, la proposición de ley se tramitará en el Congreso por el procedimiento de urgencia y en lectura única.
Su toma en consideración se sitúa en el Pleno de los Presupuestos Generales, en la semana del 15 de octubre y su aprobación por el Congreso se espera para la semana siguiente a las elecciones catalanas (29 de septiembre). De ahí saldrá al Senado con tiempo para su aprobación definitiva antes de convocar las elecciones generales.
La iniciativa del PP, de cuya presentación ayer se informó al PSOE, detalla un régimen específico de actuación para los supuestos en que alguien no ejecute las sentencias del TC, a la vista de que, según los populares, ha habido varios casos de “desacato” en los últimos tiempos en alusión a la Generalitat de Cataluña. En concreto, el Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplir cada resolución y, si se agota el plazo sin ser ejecutada, podrá imponer multas de hasta 30.000 euros e incluso acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos. En los casos “de especial trascendencia constitucional”, el Constitucional, ya sea de oficio o a instancia del Gobierno de la Nación, podrá adoptar medidas para ejecutar las sentencias sin oír a las partes.