El nuevo decreto sobre calidad del aire regula los olores y la información pública sobre contaminación

La Junta de Andalucía regulará por primera vez las actividades que  producen olores en la comunidad y las obligaciones de información a  la población, según las novedades que recoge el decreto de calidad  del aire aprobado este martes por el Consejo de Gobierno, que  sustituye al vigente desde 1996.

    12 jul 2011 / 18:21 H.

     

    La norma, que se adapta a las nuevas legislaciones europea y  estatal sobre la materia, también especifica las responsabilidades  que en los planes de calidad del aire deben ejercer la administración  autonómica, centradas sobre todo en la industria, y los  ayuntamientos, principalmente las relativas a medios de transporte y  movilidad sostenible, según ha informado el consejero de Medio  Ambiente, José Juan Díaz Trillo en la rueda de prensa posterior a la  reunión del Consejo de Gobierno, donde ha apuntado que el decreto  andaluz es el primero en España que aborda esta clarificación  competencial, dirigida a reforzar la autonomía local.

    Los planes de calidad atmosférica, tanto de competencia autonómica  como local, serán de dos tipos. Los primeros, denominados planes de  mejora, se destinan a zonas en las que los niveles de uno o más  contaminantes superan los valores límite. Los segundos, de acción a  corto plazo, se aplicarán en áreas y supuestos con riesgos de que se  produzca esta superación. Tanto unos como otros deberán ser  obligatoriamente tenidos en cuenta en la planificación urbanística.

    Respecto a la regulación de los olores, el decreto faculta a la  Consejería de Medio Ambiente para requerir a los titulares de  actividades potencialmente contaminantes, tanto con carácter previo  como con posterioridad a su inicio, la realización de estudios sobre  el impacto en el entorno y la adopción en su caso de las medidas  correctoras adecuadas. Estas exigencias afectarán sobre todo a  instalaciones ganaderas, plantas de gestión de residuos e industrias  químicas.

    Para todos los contaminantes atmosféricos, el decreto regula la  autorización de emisiones prevista en la Ley de Gestión Integrada de  la Calidad Ambiental de Andalucía, de tal modo que en cada permiso se  fijan los valores límites según la calidad ambiental del entorno y  las mejores técnicas disponibles. La aplicación de estos dos  criterios a cada situación concreta puede implicar que los límites  sean más restrictivos que los establecidos en la legislación con  carácter general. No obstante, el decreto incluye una tabla de  valores que sirven de referencia a las autorizaciones.

    En el caso de las actividades, instalaciones e industrias de mayor  potencial contaminante, la norma aprobada por el Consejo de Gobierno  establece medidas de carácter preventivo adicionales a las que se  exigen en las autorizaciones. Estas cautelas, fundamentalmente  referidas a proporcionar información, facilitar inspecciones y llevar  a cabo acciones de urgencia, se dirigen a evitar emisiones  accidentales que supongan riesgos para la salud y la seguridad de las  personas o daños a los bienes y al medio ambiente.

    El conjunto de medidas referentes a las emisiones tiene como  principal objetivo reforzar y ampliar las iniciativas contra la  contaminación atmosférica impulsadas tanto por las administraciones  como por el sector privado, que tienen su origen en los primeros  planes correctores en las concentraciones industriales de Huelva y la  Bahía de Algeciras a finales de la década de los 80. Según los  últimos datos anuales, correspondientes a 2010, en Andalucía se  emitieron 54 millones de toneladas de gases de efecto invernadero,  casi un 4 por ciento menos que en 2009.

    En cuanto a las obligaciones relativas a la información a la  población, que también se regulan por primera vez en Andalucía, el  decreto exige a la Administración autonómica y a los ayuntamientos de  municipios de más de 100.000 habitantes la difusión a la población de  datos relevantes cuando superen los valores de referencia y los  umbrales de alerta en las concentraciones de contaminantes en la  atmósfera, según ha explicado Díaz Trillo.

    Entre otras informaciones, se aportarán las relativas al tipo de  umbral superado; zona, hora de inicio y duración de la superación;  previsiones sobre zonas expuestas y cambios previstos en la  contaminación (mejora, estabilización o empeoramiento); tipo de  población afectada y grupos de riesgo; posibles efectos sobre la  salud; descripción de síntomas probables, y recomendaciones.

    RED DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE

    Con el fin de garantizar la fiabilidad de los sistemas de control  que hacen posible esta información, la norma incorpora el  establecimiento, igualmente novedoso, de los requisitos técnicos  imprescindibles que debe cumplir la Red de Vigilancia y Control de la  Calidad del Aire de Andalucía. 

    Este operativo, coordinado por la Consejería de Medio Ambiente,  cuenta actualmente con 90 estaciones de medición de la calidad del  aire distribuidas por todo el territorio regional y 101 que controlan  en continuo las emisiones de los principales focos contaminantes de  las industrias andaluzas. La red se completa con un laboratorio,  cinco unidades móviles, captadores difusivos y un sistema de  simulación que pronostica la evolución de la calidad del aire para  informar a la población con la suficiente antelación.

    Por último, dentro de las tareas de vigilancia y de acuerdo con el  reparto competencial que recoge el decreto, se establece un nuevo  modelo de control de emisiones contaminantes con varios niveles en  función del impacto ambiental. Este régimen incluye las inspecciones  de la Consejería de Medio Ambiente y de los ayuntamientos, el control  por entidades colaboradoras y el autocontrol por las propias  instalaciones.