El abogado del asesino de Fernando Jurado recurrirá el fallo

El letrado de la defensa del asesino del expolítico de la UCD,  empresario y abogado Fernando Jurado, Antonio Q. G., presentará  recurso de apelación por la sentencia emitida en la Sección Tercera  de la Audiencia Provincial de Jaén tras el dictamen de un jurado  popular, en la que se condena al acusado a 15 años y un día de  prisión por el delito de asesinato,

    23 nov 2011 / 15:15 H.

    ante el Tribunal Superior de  Justicia de Andalucía (TSJA). Así, fuentes del caso han informado a Europa Press de que en dicho  recurso, que será presentado por el segundo abogado que defiende a  Antonio Q.G. en este proceso, se pedirá la modificación del delito de  asesinato por el de homicidio. Además, se alegará una serie de  atenuantes que podrán posibilitar que la pena impuesta al autor de la  muerte de Jurado se reduzca "en cinco o más años".
    De este modo, y según las mismas fuentes, la acción llevada a cabo  por el condenado el 3 de marzo de 2010 en la finca La Sima de  Pegalajar (Jaén) "no es constitutiva de un delito de asesinato, ya  que no concurre la alevosía súbita que el jurado popular entendió".  Además, como han recordado, "ni la Fiscalía ni la anterior defensa  alegaron el asesinato".
    Asimismo, dichas fuentes han asegurado que "el jurado no apreció  ciertas atenuantes en el procedimiento", motivo por el que se  considera adecuada la presentación del mencionado recurso de  apelación, puesto que, de ser tenidas en cuenta por el TSJA, "la  condena de Antonio Q.G. podría quedarse en menos de diez años de  prisión".
    Cabe recordar que en el fallo de la Audiencia, al que accedió  Europa Press, se especifica como única la atenuante analógica de  embriaguez. Así, el escrito refleja que el autor de la muerte del  expolítico está acusado de asesinato, "al concurrir en el caso todos  y cada uno de los requisitos necesarios para la incriminación de este  delito, pues de la resultancia probatoria, certeramente valorada por  el jurado, es claro y patente que el acusado dio muerte al empresario  estando completamente desarmado, de forma súbita e inesperada  acometiéndole con un cuchillo que llevaba escondido".
    Tal y como sigue la resolución, Antonio Q.G. propinó a Fernando  Jurado 26 puñaladas en la cavidad torácica y abdominal, siendo  mortales de necesidad tres de ellas, que le ocasionaron la muerte por  'shock' hemorrágico, sin sufrir ninguna lesión el acusado. Así, el  ataque se produjo de manera súbita, fulgurante e inopinada para  asegurar su resultado y sin riesgo para la persona del acusado que  pudiera proceder de la defensa de la víctima.
    Para el juez, este 'modus operandi' integra la circunstancia  cualificativa de la "alevosía", reveladora de un plus de  "antijuridicidad", pues tiende a un aseguramiento del resultado sin  riesgo para el agente, eliminando la defensa que pudiera existir por  parte del ofendido, empleando, en suma, un proceder delictivo en unas  condiciones especiales favorecedoras del propósito criminal que  revela "vileza o cobardía en el obrar".