07 ene 2010 / 17:19 H.
El accidente del caza que el 2 de septiembre de 2005 acabó con la vida de una madre y su hija y el aviador que pilotaba la nave, dejó cortadas de raíz las ilusiones de un hombre que perdió en un instante toda su vida, su casa y los recuerdos que en ella se albergaban. Al margen de la investigación judicial de los hechos, se dictaminó la indemnización que correspondía por tan fatídico accidente para el padre y esposo de las víctimas. Es difícil fijar la cuantía económica sobre el valor de una vida, aunque para eso existen baremos que cuantifican judicialmente estas pérdidas. La decisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de aumentar la indemnización en 120.535 euros, aunque no atiende por completo la petición del recurrente, al menos estima, fuera de los parámetros fijos de un baremo, el daño moral que suponer perder todos los recuerdos de una vida familiar y las específicas circunstancias del suceso. De igual forma, en esa cantidad, se eleva el dinero por concepto de secuelas y daños psicológicos, pero es significativa, sobre todo, esa empatía del magistrado de turno para no quedarse en la letra fija de la ley su correspondiente tabla. El tribunal, en este sentido, aduce que en circunstancias tan “especialmente trágicas, espeluznantes y conmovedoras” como las sufridas por el demandante el resarcimiento “no se consigue con la aplicación de un baremo”. Es destacable esta lectura de los hechos y las repercusiones que estos tuvieron, tienen y tendrán en la vida del vecino de Baeza que perdió a sus familiares. Es anecdótica esta lectura e interpretación de la ley y el distanciamiento que la opinión pública mantiene con la Justicia y con quienes la administran tiene mucho que ver con este aspecto, además de la más notable carencia que la corroe: la lentitud. Un sistema en el que las causas se dilatan sin remisión no es un sistema justo, es otra cosa.