Cigarrillos que le cuestan el empleo

Hay un chascarrillo popular que, literalmente, dice que “en todos los trabajos se fuma”. Sin embargo, al empleado de una gasolinera de la provincia la costumbre de echarse un cigarrillo a la boca cada cierto tiempo le ha costado su puesto de trabajo, en el que tenía un antigüedad de 18 años y 4 meses. Un juez de lo Social ha avalado el despido por motivos disciplinarios, es decir, que no le corresponde ni indemnización ni salarios de tramitación.

06 ago 2015 / 10:08 H.


El hombre, que trabajaba como expendedor de combustible en la estación de servicio, fue despedido en junio del año 2014. Su empresa lo consideró autor de faltas muy graves, “al haber incurrido en un incumplimiento voluntario y consciente de sus obligaciones laborales”. En román paladino, lo echaron de su empleo por ausentarse repetidamente para ir a fumar a la cafetería adyacente y dejar abandonado, por lo tanto, su puesto de trabajo. Los jefes, incluso, llegaron a contratar a una agencia de detective, que hizo un seguimiento al trabajador en cuestión.

En concreto, un investigador privado llegó a grabarlo durante siete días —entre el 31 de marzo y el 1 de mayo del año 2014—. Siempre lo vigilaba durante el turno de noche. En la primera jornada, se ausentó temporalmente de su lugar de trabajo durante nueve veces “con salidas a fumar y a la cafetería contigua”. En total, faltó 92 minutos aquella madrugada. El resto de días la situación fue muy similar. El trabajador se iba para echar un pitillo cada cierto tiempo. El informe del detective fue demoledor: solo en los siete días que lo controló, el trabajador se marchó 74 veces de su centro de trabajo durante un tiempo total de 538 minutos —casi nueve horas—. Incluso, hubo clientes que fueron a repostar y, que al encontrarse las instalaciones cerradas, se marcharon.

La empresa decidió, entonces, despedirlo de su puesto de trabajo por cometer varias faltas muy graves por transgredir la buena fe contractual y abusar de la confianza depositada en él. Argumentó que la conducta del trabajador le había causado perjuicios económicos y de imagen. El empleado recurrió esta decisión en los tribunales, al entender que sus salidas a fumar suponían “una práctica habitual entre los trabajadores y estaba aceptada por la empresa”. Además, añadía que, en todo caso, serían constitutivos de una falta leve. Sin embargo, el titular del Juzgado de lo Social número 3 de Jaén, José Raúl Calderón, avaló el despido procedente por causas disciplinarias. “Fue un grave quebrantamiento de los deberes de fidelidad y lealtad en el cumplimiento de sus obligaciones”, razona el magistrado en su sentencia.