Cárcel para el promotor que estafó en la venta de pisos con techos bajos

Rafael Abolafia/Jaén
Eugenio R. A., un promotor inmobiliario, ha sido condenado a cuatro años de cárcel como autor de un delito continuado de estafa. La Audiencia considera que engañó a 27 vecinos de Úbeda a los que vendió pisos con los techos 'exageradamente bajos' sin que los compradores conocieran estas graves deficiencias.

    14 oct 2011 / 08:57 H.

    “Tengo que entrar con la cabeza agachada en mi piso para no golpearme en el techo”. Así relató su “calvario” uno de los veintisiete afectados por los problemas existentes en el edificio de la calle Forjadores de Úbeda construido por Eugenio R. A. Todos se querellaron contra el promotor inmobiliario al que acusaron de venderles viviendas que no eran habitables porque no cumplían la normativa. La Justicia ha dado la razón a estos vecinos y ha condenado al acusado a cuatro años de prisión por un delito continuado de estafa. La condena conlleva el ingreso en la cárcel si no prosperan los recursos ante el Tribunal Supremo.
    La sentencia de la Sección Tercera establece varias “acciones engañosas” en el acusado. La primera es que la memoria de calidades de las viviendas incluía la preinstalación de aire acondicionado. “Ocultó a los compradores su decidida intención de incumplir sus obligaciones contractuales”, explica la resolución judicial. Los magistrados también censuran otra “conducta maliciosa” de Eugenio R. A. En un primer momento, el Ayuntamiento de Úbeda denegó la cédula de habitabilidad de los pisos, porque las viviendas incumplían “de forma exagera” la normativa de altura interior. De hecho, algunos techos estaban al ras de los marcos de las puertas. Según la sentencia, el promotor contrató a una empresa para que arreglara los desperfectos observados, pero en solo diez de los cincuenta y ocho pisos. No obstante, la factura que presentó en el Ayuntamiento de Úbeda reflejaba que se habían reparado las deficiencias en todas las viviendas. La sentencia también establece que Eugenio R. A. ocultó a los compradores el estado de los inmuebles, ya que no permitió verlos hasta después de la firma de las escrituras y del pago del dinero convenido. “Así consumó su propósito de obtener un lucro”.
    La Audiencia considera que el promotor tenía “un plan preconcebido” para engañar a los compradores. Además, se aplica el tipo agravado de estafa, ya que el engaño recae sobre viviendas, “que son bienes de primera necesidad”. La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.