Atención a nuestro parque natural

Cristóbal cantero gomera desde Beas de Segura. La dehesa de Cañada Catena perteneciente al término municipal de Beas de Segura y dentro del Parque Natural 'Segura, Cazorla y las Villas', presenta ya claras manifestaciones de desertización, porque los síntomas que padece son claramente determinantes para intervenir en este proceso de llegar a convertirse, en un futuro no muy lejano, estos parajes de bosques en una mancha desértica de grandes proporciones, en suma, se trata de cortar este proceso deplorable y mantener la fauna y flora que aun perdura.

    29 nov 2012 / 19:17 H.

    Mi observación para denunciar tal situación se ha hecho en base a la pérdida de la capa vegetal, a la escasez de lluvias, a la erosión del viento y la desaparición de las plantas autóctonas por la excesiva entrada de ganado al bosque, haciendo desaparecer parte de la fauna y flora. Si a estos protagonistas entorpecedores de bienestar y vida al bosque, añadimos la irresponsabilidad del hombre, que muchas veces por su ignorancia y torpeza, da un golpe de muerte al monte cuando le pega fuego. Con motivo de esta reflexión que aireo en este medio de comunicación, deseo que llegue esta inquietud a los responsables de Medio Ambiente para que reconozcan que nuestros bosques mueren lentamente en el silencio de las tardes, cuando el sol deja de alimentarlos hasta la mañana siguiente. ¿Es preciso recordar a los políticos y técnicos su alta responsabilidad en no dejar que mueran la gran riqueza y alimento para todo ser viviente? Apunto algo de lo legislado por el hombre a lo largo de 2.000 años, esperando que algún día se actúe con verdadero conocimiento y responsabilidad. El Derecho Romano: establece en sus normas un catálogo de derechos y deberes, no solo a la propiedad y a los intereses económicos a ellas vinculados, a los que podemos entender como desarrollo sostenible. El fuero juzgo: Código de leyes visigodas españolas del siglo V, en su libro VIII, establece normas protectoras expresas sobre los incendios de montes, el daño al ganado y a otros animales; protección de las aguas de los ríos, etcétera. Ordenanza de Montes: De 1833 y la ley de aguas de 1879 se constituían en verdaderos modelos, en su género y en su tiempo, de normas detalladas y perfectamente estructuradas, que en su técnica legislativa superan a las actuales. Ley española de protección de Medio Ambiente: de 22 de diciembre de 1972. Se hace eco de la realidad cuando dice: “La degradación del medio ambiente, constituye sin duda alguna, uno de los problemas capitales de la humanidad”. La explotación intensiva de los recursos naturales. El desarrollo tecnológico. La industrialización y urbanización de grandes áreas. Por último, recordar siempre que el monte hay que visitarlo en otoño, apagar el fuego en invierno y contemplarlo en primavera.