Andalucía prueba la primera ley de muerte digna de España

El Pleno del Parlamento de Andalucía aprobó hoy la Ley de Derechos  y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la  Muerte, una norma que contó, no obstante, con el rechazo parcial del  grupo parlamentario popular a tres artículos de los 33 que conforman  el nuevo cuerpo de ley.

    17 mar 2010 / 18:42 H.

    En concreto, los artículos que han contado con el rechazo de los  46 votos 'populares' son los relativos a los deberes de los  profesionales sanitarios que atienden al paciente ante el proceso de  la muerte (artículos 18 y 21) por no incluir la objeción de  conciencia de los profesionales sanitarios, así como el artículo 27,  referido a la composición de los comités de ética de los hospitales,  al entender que requeriría de una regulación más específica. Durante su intervención en la Cámara autonómica, la portavoz del  grupo parlamentario popular, Ana María Corredera Quintana, mostró la  "decepción" de su grupo ante lo que consideró una "falta de diálogo"  y una postura "inflexible" del Gobierno andaluz durante el proceso de  enmiendas, tras recordar que, de las 29 que presentó su formación,  "sólo se han aprobado dos".

    En este sentido, reprochó que la nueva ley no recoja "el derecho  de los profesionales sanitarios" a acogerse a la objeción de  conciencia, en el sentido de que dicho derecho "no lesionaría" el  derecho del paciente a recibir el tratamiento que solicitase acorde  con sus principios éticos, religiosos y morales, ya que, en su  defecto, "otro profesional" acorde con los principios del paciente  "se encargaría de esa atención".  De hecho, Corredera opinó que la objeción de conciencia del  profesional "no choca con una supuesta desobediencia civil, como ha  apuntado el ministro de Justicia Francisco Caamaño".

    En cualquier caso, y pese a cuestionar la misma oportunidad de  esta ley, en referencia a que ya existen otras normas que garantizan  la correcta cobertura sanitaria y los instrumentos legales y éticos  oportunos, en alusión a la Ley General de Sanidad, La Ley de Salud y  Autonomía del Paciente y los códigos deontológicos de los mismo  Colegios sanitarios, la diputada 'popular' se refirió también a la  "incertidumbre presupuestaria" a la hora de hacer valer la nueva ley.  Así, advirtió de que "aún no se ha cumplido el compromiso de  habitaciones individuales en todos los hospitales andaluces para los  pacientes terminales", ya que, según dijo, "hasta ahora sólo hay un  15 por ciento de estas habitaciones". 

    Corredera, quien también lamentó "no saber quien integrará los  comités de estética asistencial en los distintos centros sanitarios",  justificó, no obstante, que su grupo ha apoyado el resto de la ley,  entre otros motivos "porque no se apoyan las prácticas de  eutanasia". or su parte, el portavoz de IU José Manuel Marical Cifuentes  destacó el "avance en el reconocimiento de los derechos y autonomía  de los ciudadanos" que supone la aprobación de la nueva ley, como  síntoma, dijo, "de la modernidad y el abandono de la cultura  paternalista". Aún con todo, aprovechó para pedir al Gobierno central el que se  abra un debate sobre la necesidad de que se regule la eutanasia y el  suicidio asistido. "No podemos dejar pasar la oportunidad para hacer  un llamamiento al Gobierno central para que legisle en materia de  eutanasia y suicido asistido", enfatizó Mariscal Cifuentes, quien  aludió en este punto a estudios nacionales "que revelan que un 67 por  ciento de españoles se muestran partidarios de regular la  eutanasia".

    Además, recordó que la "obligación" del Gobierno autonómico es  ahora la de "garantizar" que estos derechos se cumplan, "ya que no  sólo basta con aprobar la ley". En cuanto a la cuestión relativa a la objeción de conciencia,  afirmó que la misma "no tiene cabida" en dicha ley, que si recoge por  contra el que se lleven a cabo a partir de la misma estudios sobre  "cómo se muere en Andalucía". Por su parte, la portavoz socialista Rosa Ríos valoró lo "oportuno  y sensato" de esta ley, que la msima "mantiene conectado al PSOE con  la sociedad", que "garantiza los derechos de la ciudadanía y sus  convenciones morales" y que solventa la "indefensión jurídica" de los  mismo profesionales sanitarios ante casos como el de las sedaciones  de Leganés. Sobre la objeción de conciencia dijo que su grupo y la Junta  "siempre ha mantenido que su regulación debe ser estatal" y que "no  cabe una regulación autonómica", mientras que en el apartado del  régimen de sanciones se refirió a la "necesidad" de que toda norma  tenga un apartado sancionador ante potenciales quebrantamientos de la  misma.

    En concreto, el régimen sancionador de la Ley de Muerte Digna se  regirá por el que ya recoge la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de  Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, según concretaron  a Europa Press fuentes de la Consejería de Salud andaluza. En cuanto al Plan de Cuidados Paliativos aseguró que se conseguirá  alcanzar una red sanitaria "ajustada a los recursos que marcan este  plan", toda vez que dijo que "el 75 por ciento de las habitaciones de  paliativos son ya individuales en la comunidad".

    EVITAR CASOS COMO EL DE INMACULADA ECHEVERRIA

    La Ley de Muerte Digna es la primera norma de estas  características que se aprueba en el conjunto del país y que hará  prevalecer, dentro de la legalidad vigente, los derechos del paciente  a no recibir determinados tratamientos, así como al obligado  cumplimiento de las garantías de estos enfermos por parte de  cualquier institución sanitaria, ya sea pública o privada, inclusive  de orden religioso. Tal como han venido defendiendo desde el propio Gobierno andaluz,  con esta ley se solventa así situaciones como la vivida en 2007 con  la paciente Inmaculada Echeverría, cuando la Orden Hospitalaria San  Juan Dios pidió su traslado del Hospital San Rafael de Granada,  dependiente la citada orden religiosa y donde permanecía la enferma,  a otro centro de titularidad pública y una vez se autorizó la  desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida. La Junta sostiene que la inmensa mayoría de los andaluces  coinciden en el hecho de que "todo el mundo tiene derecho a morir  dignamente", extremo por el que esta ley ha puesto el acento en la  autonomía y voluntad del paciente, por encima de otras  consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias.

    Sea como fuere, quedará fuera de este nuevo paraguas legal la  eutanasia activa, ya que, entre otras consideraciones, la comunidad  no tiene competencia para legislar en esta materia, además de que  está tipificado como delito dentro del Código Penal. Así, esta norma hará prevalecer los derechos del paciente que  exprese se deseo de limitar las medidas de soporte vital cuando éstas  provoquen una obstinación o encarnizamiento terapéutico. También  establece la potestad del ciudadano de rechazar o paralizar cualquier  tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su  vida.

    OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL

    El texto también plasma que los profesionales sanitarios que  atiendan al paciente en su fase terminal deberán respetar sus  decisiones, hasta el punto de que el sanitario no podrá imponer sus  opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas. De igual modo, los facultativos tendrán la obligación de limitar  las medidas de soporte vital cuando lo estimen necesario para evitar  la obstinación terapéutica.

    De igual modo, el texto regula el derecho del ciudadano a recibir  tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa cuando lo  precise, al tiempo que garantizará los cuidados paliativos  integrales, que serán proporcionados, si así lo desea la persona, en  su propio domicilio y siempre que no estén contraindicados.
    (EUROPA PRESS)