Agricultura aprueba medidas de apoyo para la financiación a los agricultores por la sequía 

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha  publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden  ministerial por la que se establecen las bases reguladoras y la  convocatoria de medidas de apoyo para facilitar el acceso a la  financiación de las explotaciones agrarias afectadas por la sequía.   Esta orden contribuye a paliar los daños producidos por la sequía  que está afectando principalmente al sureste peninsular, que tiene su  origen en la escasez de precipitaciones en este año. 

    31 jul 2014 / 22:00 H.

      La orden establece una carencia especial de un año para los  titulares de préstamos concedidos al amparo de los Reales Decretos  613/2001 y 204/1996, para modernización de explotaciones y nueva  instalación de jóvenes agricultores.   Durante ese periodo el prestatario no deberá abonar ni el  principal ni los intereses correspondientes al capital pendiente de  amortizar, siendo financiados por el Ministerio.   Además, como medida específica para la ganadería de sectores  extensivos y la apicultura, la orden prevé la concesión de  subvenciones destinadas a financiar el coste de los avales concedidos  por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a nuevos  préstamos de hasta 25.000 euros por ganadero. El volumen total de  capital avalado previsto es de 10 millones de euros.   Podrán beneficiarse de las ayudas establecidas en la orden las  explotaciones localizadas en la zona afectada por la sequía, que  incluye la región de Murcia, la Comunidad Valenciana, Aragón e Islas  Baleares, además de las provincias de Albacete, Almería, Ciudad Real,  Cuenca, Granada, Jaén, Málaga y Tarragona.   En el caso de la subvención de avales para la ganadería extensiva  y apicultura se podrán beneficiar de la ayuda, además de los  territorios ya citados, las provincias de Ávila, Cádiz, Guadalajara,  Lérida, Madrid, Salamanca, Segovia, Toledo, Valladolid y Zamora.   El plazo de solicitud de las ayuda es de 3 meses a partir de la  entrada en vigor de la Orden en el caso de la medida de carencia  especial, finalizando por lo tanto el día 2 de noviembre de 2014.  Para la medida de subvención de avales el plazo para presentar la  solicitud finaliza el 15 de octubre.