Acepta un año de prisión por el atropello mortal de un anciana
Un año de prisión y un año sin carné. Ese es el castigo que la Justicia ha impuesto a Eduardo L. T., un hombre que arrolló mortalmente a una anciana cuando la víctima cruzaba por un paso de cebra de Úbeda. El atropello se produjo porque el conductor circulaba a una velocidad 'bastante superior a la permitida'.
El accidente se produjo en la mañana del 6 de mayo de 2009. La mujer atravesaba la calle por un lugar habilitado para peatones en la Avenida de la Constitución. Justo en ese momento, fue alcanzada por el vehículo que pilotaba Eduardo L. T. La colisión fue bastante fuerte. Tanto que la mujer salió despedida. Su cuerpo fue desplazado por el impacto unos diez metros desde el lugar en el que se produjo la colisión. Sufrió heridas muy graves. Fue trasladada con vida por los servicios sanitarios al Hospital. Sin embargo, la mujer falleció tres días después.
El atestado que elaboró la Policía Local determinó que el atropello se debió al exceso de velocidad. Según se relata en los hechos probados de la sentencia, Eduardo L. T. circulaba mucho más rápido de lo permitido. La resolución del Penal número 2 no revela a cuánto circulaba el vehículo, aunque hay que recordar que en los cascos urbanos no se puede conducir a más de 40 kilómetros por hora.
En el juicio, el acusado reconoció los hechos y se declaró autor de un delito de homicidio por imprudencia. Se le rebajó el castigo inicialmente solicitado por la Fiscalía porque se le aplicó la atenuante de reparación del daño. Y es que la compañía aseguradora había satisfecho la responsabilidad civil a los herederos de la fallecida, que habían recibido una indemnización.
De este modo, Eduardo L. T. fue condenado a un año de prisión y otro año de privación del derecho a conducir vehículos a motor. Además, también tendrá que hacer frente a todas las costas judiciales, incluidas las de la acusación particular. El conductor no ingresará en la cárcel. La condena se le suspende, ya que no tiene antecedentes penales. Eso sí, no podrá delinquir durante los próximos doce meses. La sentencia ya es firme, pues se dictó por conformidad. Rafael Abolafia / Jaén