Absuelto por falta de pruebas el único imputado por el incendio de Riotinto
La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a Emilio P.P., único acusado del incendio declarado el 27 de julio de 2004 en Minas de Riotinto que asoló más de 35.000 hectáreas en las provincias de Huelva y Sevilla y que causó la muerte del matrimonio formado por F.C.F y L.C.P.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Sala Tercera de la Audiencia, que enjuició el caso, especifica que de los testimonios y pruebas practicadas durante el juicio "no se obtiene un pleno convencimiento de la participación que en los hechos se le imputa al acusado, únicamente podemos establecer sospechas de esa participación pero no plena certidumbre". Añade que, al no poder fijar como un hecho probado dicha participación, "debemos necesariamente absolverlo de los delitos que se le imputan". Tanto la Fiscalía como las acusaciones imputaban a Emilio P.P. en un delito de incendio forestal con peligro para la vida y la integridad física de las personas y dos delitos de homicidio.
En declaraciones a EFE, el abogado de Emilio, Francisco Lagares, ha mostrado su satisfacción por el resultado del juicio indicando que "lo que desde el principio eran pruebas muy circunstanciales en el juicio, con los testimonios, perdieron más fuerza". Por su parte, Antonio Rubio, abogado de la acusación particular, respeta el contenido de la sentencia que considera bien argumentada ya que "realiza una evaluación bastante exhaustiva de las declaraciones de los testigos y de los peritos". Rubio ha llamado la atención en un punto de la misma en la que la sala hace una consideración sobre la comparecencia de los guardias civiles que "acudieron al juicio sin el atestado en su poder y sin su actuación preparada no aportando con contundencia datos y por tanto, desvirtuando la veracidad de su atestado".
Por último, ha precisado que está a la espera de reunirse con la familia de los dos fallecidos para determinar si se interpone o no recurso de casación ante el Tribunal Supremo.