Absuelto otra vez el dueño de la piscina en la que se ahogó un niño

El dueño de la piscina de Cabra en la que murió ahogado un niño de 8 años, el 30 de junio, ha vuelto a ser absuelto de la falta de homicidio por imprudencia que le imputaba la familia. La Audiencia ratifica la primera sentencia, en la que se recogía que el procesado no vulneró norma alguna, ya que la vigilancia del pequeño “correspondía” a los padres.

    28 mar 2014 / 23:00 H.


    Los hechos ocurrieron en el Complejo Vergilia, una zona de ocio ubicada en la Estación de Cabra de Santo Cristo y cuyo propietario es Manuel G. M. En la tarde del 30 de junio, el pequeño Ferid se introdujo en el recinto de la piscina en compañía de otros niños, mientras que sus padres estaban en el establecimiento “tomando una consumición”. El niño, que no sabía nadar, cayó al agua y se ahogó.
    Para la familia, la muerte se debió a la falta de seguridad que tenía el complejo, ya que la puerta de la piscina no estaba cerrada y cualquiera podía acceder a su interior. Por eso, acusaron al dueño de una falta de homicidio por imprudencia, por la que pedían una indemnización de 160.000 euros más una multa de 300. Sin embargo, la juez de Instrucción número 4, Carmen Ballesteros, dictó una sentencia, el pasado mes de febrero, en la que entendía que el establecimiento cumplía todas las medidas obligatorias. Su señoría consideró que el cerramiento y la valla que tenía la piscina eran suficientes.
    La juez recordó que los padres no delegaron en el procesado las funciones de guarda y custodia, es decir, que su hijo estaba bajo su responsabilidad. Al hilo, explicó que “el fatal resultado” se produjo por “un descuido en la vigilancia” del niño”: “Lo perdió de vista unos minutos”, aclaró la juez, en su resolución de febrero.
    La familia del pequeño recurrió este fallo ante la Audiencia Provincial. En poco menos de dos meses, la Sección Tercera ha ratificado íntegramente la sentencia y, por lo tanto, la absolución.