Absuelta por quedarse con el dinero de sus propios sobrinos
El Supremo acaba de anular la condena de un año y nueve meses de cárcel que la Audiencia de Jaén impuso a una mujer por quedarse con el dinero de sus tres sobrinos.
El Alto Tribunal considera que el delito de apropiación indebida había prescrito y, por lo tanto, absuelve a la mujer de todos los cargos y con todos los pronunciamientos favorables. Eso sí, deja abierta la vía civil para que los afectados puedan reclamar los 27.000 euros en litigio.
La mujer, una vecina de Toledo identificada como Blanca María M. S., había asumido la tutela de los adolescentes al quedar ellos huérfanos de padre y madre. De hecho, el dinero era parte de la indemnización que los jóvenes recibieron por el fallecimiento del progenitor en un accidente de tráfico. La entonces acusada reconoció en el juicio, celebrado el pasado 17 de diciembre, que sus sobrinos le prestaron el dinero para pagar unas deudas que había contraído una de sus hijas. “Ellos me autorizaron a cogerlo”, sostuvo para defender su inocencia. Sin embargo, los magistrados de la Audiencia calificaron esta versión como “impensable” y aseguraron que la mujer realizó estas operaciones “sin conocimiento ni consentimiento de los menores”. “Se apoderó de estas cantidades en beneficio propios”, reflejaron en la sentencia.
Sin embargo, el Supremo ha dejado sin efecto esa resolución, al considerar que los hechos están prescritos. La historia arranca en el año 2005, cuando un juzgado de Jaén concedió la tutela de los tres adolescentes a Blanca María M. S. tras quedarse huérfanos. En virtud de esta condición, fue nombrada titular de las cuentas en las que sus sobrinos guardaban los casi 64.000 euros que habían recibido como indemnización por la muerte de su padre en un accidente de tráfico. El 18 de julio de 2007, la mujer hizo tres transferencias a nombre de su yerno, que sumaban más de 27.000 euros. Todavía no ha devuelto ni un céntimo. Cuando sus tres sobrinos alcanzaron la mayoría de edad, regresaron desde Toledo a Jaén y comprobaron que su tía había realizado esos movimientos irregulares. Por ello, presentaron una querella contra ella por apropiación indebida. Fue el 23 de julio de 2012, es decir, más de cinco años después de cuando se produjeron las transferencias de dinero. Según el Supremo, es el plazo para considerar que el delito en cuestión de apropiación indebida estaba prescrito. Por ello, el Alto Tribunal anula el año y nueve meses de cárcel impuesto a Blanca María M. S. y abre la puerta de la vía civil. Esto es, los sobrinos pueden reclamar el dinero a través de una demanda de reclamación de cantidad. Se abre, por lo tanto, un proceso totalmente diferente, mientras que el caso queda cerrado por la vía penal. Igualmente, la mujer queda absuelta del delito de apropiación indebida con todos los pronunciamientos favorables.