A la cárcel cuatro de los acusados de raptar a un camionero para robar

Rafael Abolafia/Jaén
Cuatro años y tres meses de cárcel. Ese es el castigo impuesto a cuatro jóvenes cordobeses por secuestrar a un camionero para robarle su carga: 22.000 litros de licor. El juez ha absuelto a un mecánico que también se sentó en el banquillo, al no quedar acreditada su participación de los hechos.

    26 feb 2009 / 10:41 H.

    El asalto se produjo el 22 de noviembre de 2007 en una estación de servicio de la Autovía de Andalucía, a la altura de Guarromán. La sentencia establece probado que los cuatro condenados viajaron hasta Madrid en el coche de uno de ellos. El objetivo era encontrar un “blanco”, un vehículo cargado con mercancías interesantes. Lo encontraron en un polígono de Alcobendas. Era un camión de gran tonelaje cargado con 22.000 litros de licor. Así que los cuatro lo siguieron.
    El camionero hizo un alto en Guarromán, a mitad de camino de Sevilla, su destino final. Allí fue abordado por Bartolomé R. J. y Antonio G. P. Lo amenazaron a punta de navaja y con una pistola simulada. Lo entraron en el camión por la fuerza, le ataron las manos con unas bridas y le pusieron cinta aislante en la boca. A continuación, emprendieron la marcha.
    Sin embargo, no se percataron de que la víctima estaba hablando por el móvil en el momento en que fue atacado. Su interlocutor alertó a la Guardia Civil, que dispuso un control en Andújar y logró interceptar el camión. En el juicio, Bartolomé R. J. y Antonio G. P. reconocieron los hechos y “apechugaron”. Quedaba por determinar si los otros tres acusados participaron en el plan.
    El juez considera que María Dolores J. B. y Jesús J. P. sí que lo hicieron y los condena a la misma pena. Su señoría explica que ambos hicieron de “lanzadera”, es decir, fueron por delante del convoy para alertar de la presencia de la Guardia Civil. Ambos negaron su implicación en los hechos. ¿Por qué los condena el magistrado? En su sentencia da varias razones. La primera es que el conductor del camión oyó como sus captores hablaban por teléfono con otras personas. El registro de llamadas establece que María Dolores J. B. y Jesús J. P. sólo hablaron con los autores materiales del robo. La segunda es que el viaje a Madrid que hicieron ambos no tiene justificación alguna. El juez da un tercer motivo: No es lógico que durante toda la travesía no sospecharan de Bartolomé R. R. y Antonio G. P., que llevaban armas, bridas y cinta aislante: “Todos tenían conocimiento previo del plan y todos conocían lo que iba a suceder, repartiéndose las funciones”, dice su señoría en la sentencia. Por eso, condena a los cuatro como autores de un delito de robo con violencia e intimidación y otro de detención ilegal.
    El magistrado absuelve de todos los cargos a Rafael P. A., trabajador de un taller al que, presuntamente, iban a llevar el camión secuestrado para ocultarlo. Considera que no hay pruebas suficientes para justificar su participación en los hechos. La sentencia puede ser recurrida.