Los contratos tendrán que incluir el coste de producción

El decreto endurece las sanciones y permite publicar nombres de infractores

26 feb 2020 / 11:15 H.
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El Consejo de Ministro aprobó este martes la reforma de al Ley de la Cadena Alimentaria, primera respuesta legislativa a las reivindicaciones de los agricultores de precios justos. La medida llega en un momento en el que la tensión sube enteros en las movilizaciones agrarias. Los contenidos de la reforma de la Ley avanzados por Luis Planas, titular de Agricultura, y explicadas posteriormente en la mesa de diálogo agrario a UPA, Asaja y COAG deja dudas y disparidad de opiniones entre las organizaciones agarras, que esperarán a verla publicada en el BOE para valorar con más precisión el alcance de la reforma.

El decreto de reforma prevé una cláusula obligatoria en los contratos agrarios con la indicación expresa de que el precio pactado entre agricultores y ganaderos y su primer comprador cubre los costes de producción, según la información de contenidos que ofrece Moncloa. “Se van a incluir los costes de producción en los contratos entre agricultores y ganaderos y la industria y distribución”, precisó el ministro en rueda de prensa. Así, el precio de venta no podrá ser inferior a los costes de producción “para reforzar la posición negociadora de los productores”. Queda la duda de si el precio de referencia de los costes de producción será el que marque el Ministerio o bien el que pacten agricultores y la cadena.

Las consecuencias de no incluir estos costes acarrearían sanciones a los establecimientos que incumplan la norma de entre 100.000 euros a 1 millón de euros al considerar se falta muy grave. También se prohibe la “venta a pérdidas”, otra reivindicación secular de los agricultores que denuncian estas prácticas desde hace años, de forma que cada operador de la cadena abonará al inmediatamente anterior un precio igual o superior a los costes.

Planas explicó que la venta a pérdidas que destruye el valor en la cadena alimentaria es ahora “una infracción grave” y que, cuando se hace de forma reiterada, pasa a ser muy grave. El nuevo Real Decreto elevaría a graves las infracciones por la no formalización por escrito de los contratos alimentarios, por no incluir el precio o la realización de modificaciones en el precio, que antes eran consideradas de leves, y tipificaría como grave la destrucción de valor en la cadena alimentaria a través de la venta de un producto por debajo del precio de producción, antes no contemplado.

No obstante, toda la nueva normativa deberá ser convalidada en el Congreso y los grupos podrán aportar iniciativas al respecto al tramitarse, esa es la idea, como proyecto de Ley. El ministro también ha insistido en que el Gobierno está “trasponiendo” algunos elementos de la normativa comunitaria sobre prácticas de competencia desleal en el sector, de forma paralela a cómo lo están haciendo otros países como Francia y Alemania.

La reforma aprobada prohibiría las ofertas en las que se devalúe el valor de los productos. Intentaría así atajar las campañas comerciales de la distribución en la que el aceite de oliva, por ejemplo, aparece como reclamo “gratis” para la venta de otros productos. Otra medida aprobada afecta a la fiscalidad de jóvenes agricultores para el relevo generacional.

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