El Tribunal de Cuentas revoca la condena a Ana Botella
La exalcaldesa es absuelta por la venta de pisos sociales a un “fondo buitre”
El Tribunal de Cuentas revocó la condena a la exalcaldesa de Madrid, Ana Botella, y a los que fueron concejales en su equipo de gobierno por la venta de 18 promociones de viviendas de la Empresa Municipal de Vivienda de Madrid (EMVS) al grupo societario Fidere, sociedad de inversión inmobiliaria del fondo Blackstone. Con ello, revertió el fallo inicial dictado el pasado 27 de diciembre, que cifraba en casi 25,8 millones de euros el perjuicio que esta operación ocasionó a la EMVS por entender que se hizo a un precio inferior al valor mínimo posible. En la resolución de ayer, la sección de Enjuiciamiento del órgano fiscalizador rechazó el recurso de apelación interpuesto por la empresa municipal y estimó las alegaciones presentadas por todos los concejales que estaban condenados, a lo que se adhirió el Ministerio Fiscal. El Tribunal de Cuentas consideró, bajo el criterio de los consejeros José Manuel Suárez y Margarita Mariscal, que la enajenación se realizó mediante concurso público y que no se puede imputar “negligencia grave” a los apelantes al constar en la venta que se aprobó un plan de viabilidad financiera, sin que fuera “impugnada en ningún modo”. Aludió a la existencia de informes, el más relevante el de Intervención Municipal, que “no cuestionaron la operación inmobiliaria ni dictaminaron en su contra”. Se emitió también un voto particular de uno de los consejeros del Tribunal de Cuentas que mantuvo que la operación de venta fue “lesiva” para el patrimonio municipal y que no cumplió los principios de “publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad”. El órgano fiscalizador entendió que Botella y su equipo “no intervinieron directamente en las operaciones” que desembocaron en las ventas del inmueble, que fueron gestionadas y verificadas por el exconsejero delegado que había recibido el mandato de administrar y concluir la venta. Otro de los aspectos que recriminó del fallo inicial es el extracto en el que afirmó que las enajenaciones de la vivienda se hicieron “sin aplicar los requisitos de procedimiento exigibles en normativa de derecho público”. El Tribunal de Cuentas estableció que se llevó a cabo un concurso público para la adjudicación de un servicio de intermediación destinado a la búsqueda de posibles compradores de los inmuebles.