Los riesgos del bastón de mando

Hacienda advierte al alcalde de sanciones, si no se liquida a las empresas públicas con déficit

06 ago 2016 / 10:20 H.

Cuando, como en el sueño de José, también esta tierra respiró aires de bonanza y campaban por ella las vacas gordas de la profecía evangélica, el cargo de alcalde era un título (político) que podía parecer suculento. Desde un narcisismo envuelto en vocación de servicio público, era la posibilidad de imprimir la huella personal al desarrollo urbanístico o social de una ciudad, con la inauguración de ambiciosas infraestructuras, con placas doradas que pasaran a la posteridad. Pero, en los tiempos que corren, con las vacas del sueño bíblico descarnadas y en los huesos como aquellas que son objeto de adoración en la India, alcaldías, como la de la capital, son la receta perfecta para perder el sueño y hasta las uñas, de tanto morderlas.

La “angustia diaria” que confesaba vivir José Enrique Fernández de Moya mientras estuvo al frente de la entidad local se desbordó el día que la Justicia determinó que debería pagar 800 euros mensuales por la expropiación “urgente y forzosa” de unos terrenos destinados a la ampliación del cementerio de San Fernando por la que el Ayuntamiento había sido condenado 16 años atrás.

Ahora que la aplicación del Fondo de Ordenación para el pago de sentencias ha dejado en suspenso las multas coercitivas, quien recuerda al nuevo alcalde, Javier Márquez, las responsabilidades personales que conlleva el bastón de mando es el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En la carta que el departamento de Cristóbal Montoro ha remitido a los ayuntamiento con entidades públicas deficitarias pendientes de disolución, “se requiere” al regidor para que, “en el plazo de 15 días naturales a contar desde la recepción de la carta (que tuvo entrada en el Ayuntamiento el 22 de julio)” remita información sobre la extinción de Somucisa (Onda Jaén) y de Epassa. Y le “apercibe” de que, transcurrido ese plazo, “se podrá proceder a dar publicidad al incumplimiento y a adoptar las medidas automáticas de corrección” previstas en las leyes de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Y ello —concluye la carta—: “Sin perjuicio de la posible responsabilidad personal que corresponda y a la exigencia de las responsabilidades que puedan derivar en materia de gestión económico-presupuestaria sobre conductas tipificadas en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

¿De qué sanciones se trata? La legislación es clara al respecto. El incumplimiento de las instrucciones dadas por el Ejecutivo central —en este caso, para la disolución de entidades públicas con desequilibrio financiero el 1 de diciembre de 2015— supone una infracción muy grave y quienes incurran en ella “serán destituidos del cargo que ocupen, salvo que ya hubiesen cesado, y no podrán ser nombrados para ocupar puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años”.