Procesan al exdirector de Trabajo Daniel Rivera por ayudas de los ERE a entes de la Fundación ONCE
El magistrado José Ignacio Vilaplana aprecia posibles delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental
El Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla ha resuelto continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra el ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera, en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta habría concedido por un importe de 873.470 euros a Fundosa Ultracongelados y Precocinados S.A. (Fulpresa) y Fundosa Lavanderías Industriales S.A. (Flisa), “pertenecientes al grupo de empresas de la Fundación ONCE y su sociedad instrumental Fundosa Grupo S.A., creada con objeto de defender los derechos laborales de las personas con discapacidad”. Según informa el TSJA, en un auto fechado el día 15 de noviembre, el magistrado José Ignacio Vilaplana aprecia posibles delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.
El instructor explica una vez más que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, y el ex director general de Trabajo Juan Márquez, pues “ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas por parte de la Junta”, siguiendo así el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla en auto de 14 de julio de 2020, por el que confirma expresamente la exclusión de esta pieza de dichos ex altos cargos.
Fernández y Barberá, recordémoslo, cumplen actualmente condena de cárcel por su papel en el denominado “procedimiento específico” de los ERE, mientras la pena de prisión de Márquez está suspendida eventualmente, después de que el Tribunal Supremo la rebajase a tres años.