Procesados los exconsejeros socialistas Fernández y Recio por ayudas de 33 millones

Entre los investigados, por estas ayudas consideradas arbitrarias, también figura un hijo del ex consejero de Hacienda Ángel Ojeda, ya fallecido

28 sep 2022 / 19:13 H.
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El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra los ex consejeros socialistas de Empleo Antonio Fernández y Manuel Recio y otras seis personas investigadas en relación con las subvenciones por 33.309.789 euros “arbitrariamente” concedidas al entramado de sociedades del ex consejero de Hacienda Ángel Ojeda —ya fallecido, por lo que por auto de 18 de enero de 2022 se declaró extinguida su responsabilidad penal— para los cursos de formación de los ex trabajadores de la multinacional de automoción Delphi.

En un auto difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado indica que los hechos podrían ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa, fraude de subvenciones y malversación de caudales públicos, toda vez que el exconsejero Antonio Fernández está condenado por la pieza principal de la trama de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, correspondientes al procedimiento específico de canalización de los fondos, y por las ayudas de dicho sistema a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco). Los investigados en esta causa son los ex consejeros de Empleo de la Junta Antonio Fernández y Manuel Recio, un hijo del ex consejero de Hacienda Ángel Ojeda y otras cinco personas que tenían una dependencia laboral o vinculación societaria con las empresas dirigidas por Ángel Ojeda. Asimismo, el instructor dirige el procedimiento, como responsables civiles subsidiarios y partícipes a título lucrativo, contra una quincena de entidades.

El magistrado analiza en el auto la situación generada en la Bahía de Cádiz con motivo del cierre de la compañía Delphi, señalando que ante la situación generada, la Junta, a través de sus responsables políticos, anunció su compromiso de atender de forma específica a los afectados por el cierre de Delphi y conseguir su recolocación en empresas de la Bahía de Cádiz. Así, una vez producido el despido, los afectados por el cierre de la factoría fueron incluidos en el denominado “Dispositivo de tratamiento singular”, en cuyo desarrolla el juez destaca tres etapas.

En este sentido, los hechos investigados en esta causa estarían encuadrados en la segunda etapa, desarrollada desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 28 de febrero de 2011 y en la que una serie de empresas y entidades impartieron formación a los acogidos a dicho dispositivo, pero en este caso “simulando una contratación laboral”. El coste de la formación y de la contratación (salarios y cotizaciones a la Seguridad Social) “se financió a través de subvenciones directas; excepcionalmente, un número proporcionalmente reducido de ex trabajadores de Delphi sí prestaron servicios laborales efectivos, en concreto los contratados por Gadir Solar y una parte de los incorporados por Alestis Aerospace”.

El instructor afirma que los ex consejeros de Empleo investigados “asumieron estos compromisos y acordaron establecer y mantener este sistema de subvenciones a la contratación, a pesar de ser conocedores que la normativa en vigor en modo alguno amparaba dicho sistema y que se simulaban contratos de trabajo que no se respondían con la realidad”, para lo cual “habrían puesto en marcha un irregular sistema de concesión de subvenciones excepcionales y arbitrarias, que se destinaron, por un lado, a la simulación de relaciones laborales para proporcionar prestaciones de la Seguridad Social indebidas a un gran número de ex trabajadores de Delphi (con la colaboración de las asociaciones y fundaciones dirigidas y controladas por Ángel Ojeda); por otro lado, a mantener las percepciones de los ex trabajadores al margen de la normativa de protección por desempleo”.

El juez asevera que “el sistema habría dado lugar, además, a que algunas de las asociaciones beneficiarias de las subvenciones desviaran fraudulentamente una parte considerable del importe de las mismas hacia una serie de entidades vinculadas, a través de la generación de sobrecostes, la fijación unilateral de precios y la contratación de servicios sin valor para la actividad subvencionada”, todo ello “sin que los responsables de la Consejería de Empleo llevasen a cabo actuación alguna en orden a comprobar el correcto destino de las ayudas, posibilitando así la aplicación irregular de los fondos”. Al hilo de ello, subraya que los responsables de la Consejería de Empleo habrían concedido estas ayudas bajo la apariencia formal de subvenciones “excepcionales” a la contratación, en contradicción con las previsiones que para el otorgamiento de subvenciones o ayudas públicas contemplaba la —entonces vigente— normativa autonómica y estatal.

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