La Audiencia mantiene libres a cuatro condenados por los ERE

El tribunal no ve riesgo de fuga de los ex altos cargos de la Junta de Andalucía

30 nov 2019 / 11:36 H.
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El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que juzgó la pieza política de los ERE, notificó un auto en el que decide mantener en libertad a los exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández y José Antonio Viera y los exdirectores generales de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, condenados a penas de cárcel por prevaricación y malversación en la pieza política de los ERE, frente a la petición de la Fiscalía Anticorrupción y de la acusación particular del PP-A que solicitaba su ingreso en prisión provisional por riesgo de fuga. En el auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y consultado por Europa Press, la Audiencia asegura que ninguno de los criterios esgrimidos para valorar el riesgo de fuga “indicaría en este caso un riesgo objetivo más allá de la posibilidad, siempre existente, de que una persona decida no comparecer ante la justicia” y recuerda que los acusados “tienen un domicilio conocido, donde han sido citados cada vez que ha resultado necesario”.

En la misma línea, subraya que los cuatro ex altos cargos comparecieron a los llamamientos judiciales cada vez que fueron citados, la última vez, para la comparecencia celebrada este pasado jueves “sin que aparezca ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia”. El auto mantiene las medidas cautelares impuestas a Guerrero y Fernández, que ya estuvieron en prisión en 2012, y acuerda comunicar a la Dirección General de la Policía la prohibición de expedirles pasaporte.

Cabe recordar que al primero, tras salir en libertad provisional, le fueron impuestas una serie de obligaciones como la nueva designación de domicilio en el que pudiera ser localizado; la obligación “apud acta” de comparecer ante este juzgado todos los lunes en horas de audiencia y cada vez que fuere llamado y la prohibición de abandonar el territorio español, retirándole el pasaporte, modificando al año siguiente en otro auto judicial la comparecencia ante el juzgado tan sólo el primer lunes de cada mes. A Antonio Fernández, por auto de fecha 10 de agosto de 2012, el juzgado acordó la libertad provisional del mismo con la obligación de comparecer el primer martes de cada mes, así como responder a cuantos llamamientos se efectúen en esta causa y la prohibición de abandonar el territorio español, retirándole también el pasaporte. Viera y Márquez no tenían ninguna obligación de este tipo hasta ahora, ya que la Audiencia le impone la designación de domicilio en el que puedan ser localizados, debiendo comunicar inmediatamente cualquier cambio; la obligación de comparecer ante el tribunal el primer lunes de cada mes y cada vez que les llame, así como la prohibición de abandonar el territorio español, debiendo hacer entrega del pasaporte. También se acuerda comunicar a la Dirección General de la Policía la prohibición de expedirles el citado documento.

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