Chaves y Griñan, en una pieza separada
Investigación de los ERE fraudulentos del Gobierno andaluz


La juez María Núñez Bolaños confirma el auto de incoación de la pieza separada sobre el procedimiento específico por el que la Junta de Andalucía concedió las ayudas de los ERE fraudulentos que afecta a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a otros 49 ex altos cargos de la Junta. En una resolución, fechada el día 14 de enero, al que tuvo acceso Europa Press y contra el que cabe recurso, la magistrada rechaza de este modo las alegaciones de la Fiscalía Anticorrupción, el PP y dos de los imputados en la causa, entre ellos el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, contra el auto de 17 de noviembre en el que abrió esta pieza separada de los ERE. La instructora explica que el objetivo de los recursos, según reza el documento, “no es otra sino la corrección de errores, tanto fácticos como jurídicos, procesales o materiales, que hubieran podido, con independencia de su causa, ser cometidos en la resolución que se recurre”; “De la lectura detenida del recurso presentado por el Ministerio Público se puede apreciar que ningún error invoca en la resolución recurrida y ningún precepto señala como vulnerado por la misma”, reza el dictamen.
En este sentido, precisa que el auto de 30 de julio de 2015, donde dividió el caso en piezas separadas, aclarado por un segundo auto de 9 de noviembre, contiene “un diseño minucioso de los hechos y las personas que, en la nueva causa, son investigadas”, de manera que, como sostiene, “no es necesario reiterar el contenido de este auto en otro auto que tendría por único pronunciamiento acordar la formación de una pieza con un diseño que ya se ha realizado” en la resolución de 9 de noviembre.
Al hilo de ello, la juez se pregunta si, “para no causar indefensión, ha de dictarse, en la misma causa, dos autos con el mismo contenido”, lo que a su juicio “no parece razonable y, desde luego, la ausencia del mismo, no causa indefensión alguna”, y añade: “Una vez acordado por auto el diseño subjetivo y objetivo de la pieza, basta una simple providencia, e incluso una diligencia de ordenación, para llevar a efecto lo acordado en auto anterior”.
La juez, no obstante, admite: “En términos de futuro, ha de ser diferente la forma en la que se deben abrir las siguientes piezas, y lo será en los términos que expone el Ministerio Público porque resulta evidente que estas futuras piezas no se han diseñado” en el auto de 9 de noviembre. “Si lo que pretendía el Ministerio Público es que se aclare en este sentido por su señoría cómo se va a realizar en un futuro la formación de piezas, bastaba una petición al efecto”, asevera.