Archivo de doce ayudas de los ERE fraudulentos

El alcalde socialista de Cazalla de la Sierra, llamado a declarar

18 mar 2016 / 09:20 H.

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, archiva la causa abierta el 6 de febrero de 2015 por Mercedes Alaya contra 12 imputados —uno ya fallecido— por las ayudas concedidas a empresas de la Sierra Norte de Sevilla al haber prescrito sus delitos, toda vez que han transcurrido más de diez años desde que se concedieron las ayudas y se dirigió la causa contra los mismos. En un auto, fechado el 15 de marzo y al que tuvo acceso Europa Press, la magistrada cita además a declarar como investigadas los días 24 y 26 de mayo a seis personas por distintas ayudas al despacho Estudios Jurídicos Villasís y a empresas de la Sierra Norte de Sevilla, entre ellas al alcalde de Cazalla de la Sierra (Sevilla), Sotero Martín Barrero (PSOE).

La juez archivó la causa contra estas 12 personas atendiendo así la petición de archivo realizada por la Fiscalía Anticorrupción en marzo de 2015 y los razonamientos expuestos por la Audiencia Provincial de Sevilla en el auto de 9 de marzo de 2016. En este declaró prescritos los delitos de malversación y prevaricación que Alaya imputó a dos beneficiarios de sendas ayudas a entidades de la Sierra Norte. Se trata de los primeros archivos por prescripción que se decretan en el caso ERE, cuya instrucción comenzó la juez Alaya en enero de 2011 y que acumula cerca de 300 personas investigadas, entre ellas, los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, que prestaron declaración el miércoles, ante el juez Álvaro Martín.

La juez dice que la petición de la Fiscalía “debe ser estimada”, en virtud de los razonamientos expuestos por la Sección Séptima en su auto, puesto que, según el documento, “al igual que en los supuestos analizados por la Audiencia Provincial, en el resto de los casos cuya prescripción solicita el Ministerio Público no existen otras resoluciones, previas a la del auto de 6 de febrero de 2015, que reúnan la condición de actos de interposición o de dirección judicial contra esa persona determinada o determinable, de los que pudiera deducirse la voluntad judicial de no renunciar a la persecución y castigo del ilícito”. Según expone la magistrada , “no es sino con el auto de 6 de febrero de 2015 cuando se colma la exigencia del artículo 132 del Código Penal respecto de las personas para las cuales pide el Ministerio Público la declaración de prescripción de los delitos de prevaricación y malversación”. La juez explica que, en todos los supuestos solicitados por la Fiscalía, “se trata de ayudas en cuantía inferiores a 450.000 euros”, en las cuales “podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado acogiendo el criterio meramente objetivo sostenido por el Ministerio Público y estableciendo como límite la cuantía para la cual la normativa reguladora de la agencia IDEA, antes IFA, exigía pasar por la ratificación/aprobación del Consejo Rector, signo evidente de que la Administración pública concedente las consideraba de especial relevancia por su cuantía”.

La juez también cita como investigadas a Laura de la Cruz López y Beatriz Ponce de la Cruz por su participación en la obtención de ayudas a la empresa Venero de Móstoles por importe de 430.000 y 139.500 euros, cuyo último pago fue el 2 de noviembre de 2004, y a Verónica Galloso Villalba como receptora de pagos por importe de 60.000 euros “hechos a modo de ayuda directa” a empresa en fecha 12 de diciembre de 2006 y 23 de enero de 2007 por Estudios Jurídicos Villasís.