La Justicia investiga unos 20 casos al año de sustracción de menores

Pocos procedimientos acaban en juicio penal, porque se resuelven por la vía civil

    31 ago 2017 / 10:55 H.

    El caso de Juana Rivas, la mujer que huyó con sus hijos al no querer entregarlos a su expareja, condenado por violencia de género, ocupa los titulares de todos los medios nacionales. Es el más mediático, pero no es el único. “Juana Rivas hay muchas en España”, dice una abogada jiennense especializada en asuntos de Familia. Matrimonios que se tuercen, que pasan por un espinoso proceso de separación y que acaban en un divorcio contencioso y problemático. En estos casos, al ya peliagudo proceso de romper ramales, se añade la dificultad derivada de la custodia de los hijos, con el peligro de que acabe en que alguna de las partes quiera llevarse a los niños, “saltándose” la ley, como en el caso de Juana Rivas.

    La Memoria de la Fiscalía de Jaén correspondiente a 2016, el último año del que se disponen datos, pone de manifiesto que se trata de un delito más común de lo que se piensa. Los juzgados provinciales investigaron 19 casos por sustracción de menores, un número similar al de ejercicios anteriores. “Es un parámetro que se suele mantener más o menos estable”, explican fuentes del Ministerio Público en la provincia. Suelen ser procesos que se abren cuando un progenitor denuncia al otro por llevarse a los niños que tienen en común sin disfrutar de la guardia y custodia y por incumplir con las resoluciones judiciales. Debe ser una “sustracción” sostenida en el tiempo. De ahí, que de esta estadística se excluyan los incumplimientos en el régimen de visitas, que suelen resolverse en el ámbito civil. Si finalmente tienen la suficiente entidad como para convertirse en infracción penal, la Justicia los considera delitos leves, castigados con el pago de una simple multa.

    Lo que también pone de manifiesto la Fiscalía Provincial es que muy pocos casos de sustracción de menores llegan a juicio. De hecho, en los últimos años, no se ha formulado escrito de acusación por estos hechos. El único proceso por la vía penal en el que sí llegó a celebrarse una vista oral se produjo en el año 2012. En ese caso, José Antonio M. S. fue castigado a una pena de tres años de prisión por un delito de sustracción de menores cometido, supuestamente, al haber raptado a su hijo de once meses y haberlo retenido en el extranjero durante ocho años. La sentencia, que fue ratificada posteriormente por la Sección Primera de la Audiencia Provincial jiennense, fue finalmente anulada por el Tribunal Constitucional, por lo que este padre resultó absuelto de todos los cargos.

    También resulta especialmente llamativa la historia de Desirée Vicente, la madre de Linares que pidió amparo al Constitucional para que no se ejecutara una orden judicial que la obligaba entregar a su hija Olympia al padre, un ciudadano suizo imputado por maltrato. Las coincidencias con Juana Rivas son más que evidentes, si bien el Alto Tribunal acabó dando la razón a Desirée Vicente, algo que no ha ocurrido con la madre de Maracena. La linarense lanzó mensajes de apoyo a Rivas en su lucha a través de sus redes sociales.

    El caso de Desirée marcó una jurisprudencia respecto a las custodias transfronterizas. La Justicia determinó que el interés del menor debe estar siempre por encima de la lucha entre los progenitores por quién asume la tutela. La solución más sencilla es alcanzar un acuerdo extrajudicial entre los padres. Sin embargo, la experiencia apunta a que, cuando la vida de los hijos se divide entre dos países, a partir de los 10 o 12 años los menores empiezan a llevarlo mal. Pasar un año en cada país, cambiando el colegio, los amigos e incluso el idioma, provoca que al final el menor pida quedarse en un solo lugar.

    La madre de Linares que logró una sentencia favorable del Constitucional
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    Desirée Vicente vivió una historia prácticamente idéntica a la de Juana Rivas, aunque en su caso tuvo final feliz. Esta joven linarense consiguió que el Constitucional fallara a su favor en una sentencia que marcó jurisprudencia en España. El Tribunal anuló la orden judicial, dictada por la Audiencia de Madrid, para que esta madre entregara a su hija Olympia a su padre, un ciudadano suizo imputado por violencia de género en España. La comparación con Juana Rivas es más que evidente.

    Desirée conoció a su expareja en 2004 y, tras cinco años de relación, tuvieron una niña. Sin embargo, en 2013, durante unas vacaciones en Grecia, la joven linarense sufrió una agresión física por parte del que entonces era su esposo. La mujer lo denunció a la Policía helena que, con ayuda del consulado, la envió de vuelta a España, junto con la pequeña. Nada más poner pie en territorio nacional, presentó denuncia contra el ciudadano suizo por malos tratos habituales.

    Mientras tanto, el padre inició una batalla legal contra Desirée. Solicitó en Suiza la custodia exclusiva de la niña, que le fue concedida. Sin embargo, no se pudo ejecutar en España porque un juzgado de familia rechazó la orden. El progenitor recurrió y, finalmente, la Audiencia de Madrid le dio la razón y la madre linarense tenía que entregar a Olympia. En marzo de 2015, se emitió una orden similar a la notificada a Juana Rivas para que la niña le fuera devuelta al padre.

    Desirée pidió ayuda en todos los ámbitos. Su ciudad natal, Linares, se volcó con ella en su lucha judicial. El Constitución, finalmente, paralizó la salida del país de la niña con el padre y sentó jurisprudencia en una cuestión que, hasta entonces, no se había abordado: siempre debe primar el interés del menor. Sin embargo, ese argumento no ha valido en el caso de Juana Rivas. El Constitucional alegó que su recurso se presentó fuera de plazo. En sus perfiles de Facebook y Twitter, donde la madre de Linares se muestra activa, se ha sumado a las muestras de solidaridad con ella.

    Una condena de tres años de cárcel anulada porque no existía el delito
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    A mediados de 2012, la Justicia de Jaén condenaba a tres años de cárcel a José Antonio M. S. por “secuestrar” a su propio hijo durante ocho años y separarlo de la madre. La juez del Penal también le impuso el pago de una millonaria indemnización para la progenitora: 600.000 euros por los daños morales ocasionados por el tiempo que pasó sin ver a su pequeño. La sentencia consideró probado que este vecino de Madrid se llevó a su hijo Ignacio del hogar de La Carolina en el que residía la familia. Fue el 24 de mayo de 1998. El niño era tan solo un bebé de apenas once meses. No lo devolvió hasta octubre del año 2006, es decir, más de ocho años después. Durante ese periodo, padre e hijo vivieron en Indonesia, Malasia, Sri Lanka, India, Nepal, Tailandia, Laos y México. Mientras tanto, la madre del niño, una profesora cordobesa que entonces estaba destinada en La Carolina, emprendió una dramática búsqueda: “Viví un calvario”, relató a la juez en el juicio, celebrado en abril de 2012 en Jaén “Sentí tristeza, impotencia, rabia... No sabía dónde estaba ni qué aspecto tenía mi hijo. Fue algo horrible”, añadió.

    La magistrada decidió condenar a José Antonio M. S. a tres años de cárcel. Sin embargo, en 2014, el Constitucional anuló esa sentencia porque consideró que los derechos fundamentales de este hombre se habían vulnerado, en concreto, el de la tutela judicial efectiva. Los magistrados del Alto Tribunal dieron la razón a la defensa de José Antonio M. S., ejercida por el abogado jiennense Manuel Jesús Martos Candela. El argumento que siempre esgrimió es que nadie puede ser condenado por una ley que no existía en el momento en que se cometieron los hechos. El delito de sustracción de menores entró en vigor en el año 2002, es decir, cuatro años después de que el procesado se llevara a su hijo. Además, José Antonio M. S. no era consciente de que había sido denunciado en España y, por lo tanto, no sabía que podía estar cometiendo un delito. Finalmente, la condena fue anulada.

    Un juez dio la tutela a un padre maltratador

    Dolores Fernández también fue protagonista de un embrollo judicial que propició que una juez diera la custodia de sus dos hijos a su padre que, en esos momentos, estaba cumpliendo condena en la cárcel por pegarle a ella y a los niños. Finalmente, otro juzgado anuló esa decisión casi un año después. La historia de esta jiennense arrancó en 1999, cuando Dolores, que entonces tenía 35 años, y su marido, residían en Utrera. A consecuencia del maltrato ejercido sobre la mujer y los pequeños, ella comenzó los trámites de separación y abrió un proceso penal por violencia de género y otro civil por la custodia de los niños.

    Esa situación hizo que la familia buscara refugio en casas de acogida. Primero, en Sevilla, después en Jaén. De forma paralela, la Justicia concedía al progenitor el derecho a visitar a sus hijos, por lo que se acordó un punto de encuentro en Granada para mantener en secreto el paradero de la madre y los pequeños. Sin embargo, a partir de esos encuentros, el padre se enteró de que su exmujer residía en Jaén y comenzó a perseguirla. Ella presentó nuevas denuncias. Finalmente, en julio de 2004, el hombre fue condenado a dos años y medio de cárcel por un Juzgado de lo Penal. Mientras tanto, el proceso civil por la custodia de los hijos seguía su curso. Un Juzgado de Primera Instancia de Sevilla ordenó la retirada de la custodia a la madre y que los niños se le entregaran al padre que, para más inri, ya estaba preso por maltrato. De hecho, los pequeños tuvieron que quedarse en casa de un familiar del progenitor.

    Finalmente, ante lo flagrante de la situación, la Fiscalía de Jaén intervino y solicitó a la Justicia que revirtiera esta situación. Un Juzgado de Jaén le retiró al padre la custodia de los niños, que entonces tenían 9 y 11 años, respectivamente, para otorgársela a la madre. Este proceso fue un caso especialmente mediático en una época en la que se debatió y entró en vigor la Ley de Violencia de Género en España que pretendía acabar con este tipo de decisiones judiciales tan contradictorias.

    La mujer de Maracena que se ha convertido en cuestión de Estado

    Juana Rivas, la madre de Maracena, ha sido uno de los focos de actualidad informativa en los últimos dos meses. ¿Por qué? Porque se negaba a cumplir la orden judicial que la obligaba a entregar a sus dos hijos a su padre, el italiano Francesco Arcuri, que fue condenado por malos tratos en 2009 y sobre el que pesa una nueva denuncia por violencia física, que está tramitándose. Para evitar devolvérselos al padre, Juana Rivas llegó a esconderse con sus niños durante 33 días, en los que estuvo “en paradero desconocido”. La Justicia le abrió un procedimiento penal por sustracción de menores, mientras su caso, prácticamente, se convertía en un cuestión de Estado. Finalmente, el pasado lunes, la madre de Maracena entregó a los niños a la Guardia Civil. De esta forma, ha saldado su principal obligación al cumplir con la sentencia civil —de diciembre— sobre la que pivota su caso y aguarda un futuro judicial incierto. La restitución de los niños ya es una realidad y ahora volverán con Arcuri a Italia, donde tienen fijada su residencia habitual. Pero la madre todavía tiene que rendir cuentas por su decisión de fugarse con sus hijos.