Cerdán es puesto en libertad después de cinco meses en prisión provisional
El Tribunal Supremo (TS) ha puesto en libertad al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán tras casi cinco meses en prisión provisional por su presunto papel principal en la trama de amaño de obra pública del caso Koldo, pero ha le ha fijado medidas cautelares —prohibición de salida del país, retirada de pasaporte y firma quincenal en sede judicial— por “la persistencia y robustecimiento de los consistentes indicios de comisión de hechos delictivos” que hay en su contra. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, ha adoptado esta decisión al considerar “seriamente” mitigado el riesgo de destrucción de pruebas que fundamentó la orden de prisión sin fianza que dictó el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho. Desde entonces, estaba en la cárcel de Soto del Real (Madrid). En un auto dictado este mismo miércoles, el instructor señala que el riesgo de que Cerdán pudiera ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes se ha “mitigado” después de que los investigadores hayan logrado “obtener informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso, —ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes—, y con las que ya se cuenta”. Puente sostiene que “el resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación”.
El magistrado considera que la existencia de esos “consistentes indicios” de que Cerdán pudiera haber cometido los delitos que se le atribuyen “no justifica por sí mismo el mantenimiento de la prisión provisional, incluso cuando, como sucede en este caso, el progreso de la investigación no haya hecho más que confirmar y robustecer dichos indicios”. En este sentido, explica que para mantener la prisión provisional la Ley de Enjuiciamiento Criminal requiere que exista “riesgo de fuga, o de destrucción u ocultación de pruebas, o de reiteración delictiva”. El magistrado descarta este último punto, toda vez que Cerdán no ostenta en la actualidad cargo público alguno, ni tampoco conserva relación orgánica de dirección con el partido político del que fuera, en su día, Secretario de Organización. Según el magistrado, “no se identifica tampoco la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga o posible sustracción a la acción de la justicia que, aunque nunca pueda ser descartado de forma completa o absoluta, puede en este momento tratar de conjurarse con la adopción de medidas cautelares diversas y, por descontado, menos restrictivas de la libertad personal”.