Multas para los salgan de casa sin justificación

La Policía Nacional realiza controles en el término municipal

16 mar 2020 / 16:26 H.
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció pasadas las 21:00 horas del pasado sábado las medidas aprobadas en el Consejo de Ministros extraordinario, y que debe seguir toda la población, pues el país está en Estado de Alarma. Solo en casos excepcionales se puede salir de casa, y entre los casos permitidos está la compra de alimentos básicos, productos farmacéuticos, asistencia médica, repostar en las gasolineras, sacar dinero en los bancos e ir a trabajar. Además, podrán abrir las peluquerías y las lavanderías o tintorerías para ofrecer sus servicios a personas con movilidad reducida o ciudadanos que no dispongan de lavadora en sus domicilios, respectivamente.

El resto de actividad está totalmente prohibida, de ahí que en la jornada de ayer, a aquellos que salieron de casa para practicar algún tipo de ejercicio físico o a dar una vuelta en su vehículo, por parte de las fuerzas de seguridad del estado, se les informó de que su actitud es sancionable, con base el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Así, la desobediencia o resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio o en la Ley 17/2015 de 9 de julio del Sistema de Protección Civil o de la Ley Orgánica de 10/1995 de 23 de noviembre, del Código Penal. Infracciones que tendrán sanciones económicas y en algunos casos pueden llevar aparejado el ingreso en prisión, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida. Por ello, los cuerpos de seguridad del estado piden a la población, que por su seguridad y salud permanezcan en sus respectivos domicilios.

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