Carpetazo judicial para un despido en el Edificio Joven

Un juez da la razón al Ayuntamiento y a la empresa contratante del empleado

05 jul 2019 / 11:18 H.

El Edificio Joven se inauguró en febrero de 2011. Entre abril de 2012 y finales del mismo mes de 2018, trabajó en el lugar, como técnico de información, J. J. G. Prestaba el servicio contratado por una empresa alcalaína, hasta que, diez días antes, se le comunicó la extinción de la relación. ¿En qué se justificaba? En que el Ayuntamiento había avisado de que había que adaptarse a la nueva ley de contratos. El empleado, después de intentar una conciliación, presentó una demanda contra la administración local, la firma y el Fondo de Garantía Salarial. El Juzgado de lo Social número 2 de Jaén falló en su contra y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma íntegramente la resolución desfavorable para él.

La Justicia avala, por tanto, el despido y rechaza, como pretendía el denunciante, que fuera nulo por vulneración de garantía de indemnidad o, de manera subsidiaria, improcedente por cesión ilegal de trabajadores. El tribunal esgrime abundante jurisprudencia.

Según se considera probado en las sentencias, este vecino de Alcalá prestaba servicio con una remuneración diaria, incluidas las pagas extras, de 36,62 euros en virtud de dos contratos de obra y servicio con duración determinada y a tiempo completo. Por un lado, se trataba de animación juvenil de los centros educativos y las aldeas y, por otro, tareas en el Edificio Joven. Se admite que el Ayuntamiento y la compañía, en una fecha indeterminada, pero posterior a la inauguración del citado inmueble, celebraron el contrato verbal de prestación de servicios. Como indica el dictamen del TSJA, aunque el profesional coordinaba descansos y vacaciones con el personal municipal de Juventud, no fichaba, ni su horario —de mañana y tardes— coincidía con los de los demás, aparte de que el control y otras cuestiones laborales correspondían a la empresa. Además, se precisa que J. J. G. no participó en los cursos de formación del Ayuntamiento. Los magistrados no atienden los argumentos del asalariado sobre las instrucciones del Ayuntamiento a través del correo electrónico, los mensajes de WhatsApp con miembros de la plantilla municipal referentes a la faena o el encadenamiento de sus sucesivos contratos en el puesto.

CONTINUIDAD. Meses después del despido en cuestión, el Ayuntamiento sacó a licitación la gestión del Edificio Joven. La compañía adjudicataria, la única que se presentó al proceso, fue la que tuvo contratado a J. J. G. Desde principios de 2019 la empresa volvió a operar en el inmueble en virtud de una concesión de un año prorrogable hasta tres. El importe máximo anual del pliego era de unos 45.000 euros. Gracias a otras adjudicaciones del tramo final de la pasada legislatura, la compañía también gestiona la biblioteca y otros espacios y servicios culturales y los pasacalles de animación.