Castigo para un conductor que dificultó su prueba de alcohol

La Justicia avala a la Policía Local, que determinó que se encontraba bebido

28 jul 2019 / 13:05 H.

Aviso a navegantes. Un conductor de Huelva, nacido en 1982, no se irá de rositas después de causar un accidente de tráfico en el que estrello su automóvil con otro vehículo. La Justicia avala la profesionalidad de la Policía Local, que, desde el primer momento, determinó que el hombre iba ebrio, a pesar de que dificultó todo lo que pudo la realización de la preceptiva prueba de alcoholemia tras el accidente.

Los hechos ocurrieron el pasado 17 de febrero, a las diez menos cuarto de la noche, en la zona de la Avenida de Andalucía. El protagonista de la historia iba al volante de un coche de alta gama. Los dos agentes que se personaron en el lugar llegaron a la conclusión de que por la evidente merma de sus capacidades psicofísicas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas, perdió el control de su vehículo, que impactó contra otro. Sin embargo, la actitud posterior al percance le vale que, en lugar de una vez, finalmente sea castigado por duplicado.

Así lo establece la Audiencia Provincial, que ratifica totalmente una sentencia dictada, tras juicio rápido, por el juzgado de lo Penal número 1 de Jaén. Al autor de los hechos le caen seis meses de multa, a razón de tres euros diarios, por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas. Por otro lado, se le imponen seis años de cárcel por un delito contra la seguridad vial, dada la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica. Paralelamente, en cada caso, se fija la privación, por un año, del carné de conducir.

Según consta en la resolución de la Audiencia, la patrulla pudo comprobar los síntomas evidentes de intoxicación etílica del procesado, tales como halitosis —muy fuerte de cerca—, movimiento oscilante cuando se ponía de pie, ojos brillantes, pupilas algo dilatadas, habla titubeante y locuacidad extrema, con repetición de frases e ideas. Después de varios intentos fallidos, debido a que no realizaba bien la prueba, se negó a continuar con ella, pese a que fue apercibido por los policías de que cometía una infracción penal. De hecho, el hombre acabó marchándose de la jefatura. A pesar de que no sopló como le exigieron los agentes, las pruebas de alcohol arrojaron un resultado de 0,68 y 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, equivalentes a 1,36 y 1,40 gramos de alcohol por litro de sangre, es decir unos valores que superaban el límite objetivo de 0,60 miiligramos. Ante los síntomas detectados, la Justicia considera irrelevante que no se completaron los test etílicos. De hecho asegura que tales pruebas no son el único elemento determinante ni fundamental. Aun así se da por el apto el resultado después de soplar. El tribunal jiennense recuerda la obligación de todo automovilista de colaborar en el procedimiento de detección. Afea el comportamiento del vecino de Huelva, al quien reprocha que entorpeció las pruebas con una simulación de la imposibilidad de insuflar y que alegara que padece una enfermedad respiratoria, ya que no la acredita en modo alguno. También destaca que la Policía fue tan garantista que le ofreció dos pruebas.