Ratificada la condena a los tres menores de “la manada”

La Sala entiende que las imágenes presentadas como coartadas no son claras

20 jun 2019 / 11:11 H.

La Audiencia de Jaén ha ratificado íntegramente la medida impuesta a los tres menores condenados por la agresión sexual a una adolescente de 16 años, ocurrida en un portal del Paseo de la Estación el pasado 2 de marzo de 2018. Otros dos implicados, que son mayores de edad, están en prisión preventiva a la espera de juicio, que se celebrará los días 2 y 3 de julio. En marzo, los tres jóvenes que no habían cumplido todavía la mayoría de edad cuando sucedieron los hechos fueron castigados por el Juzgado de Menores de Jaén con penas de internamiento. Sus defensas plantearon un recurso en el que aportaron una nueva prueba: las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de la Estación de Autobuses y que podrían dar coartada a Manuel, uno de los menores condenados, tal y como razonó su abogado defensor. En concreto, según alegó el letrado Jorge Machuca, esas grabaciones probarían que su cliente había cogido un autocar hacia Bailén prácticamente a la misma hora en que la víctima era asaltada por “una manada” de hombres en el interior del portal.

No obstante, los magistrados de la Sección Segunda consideran que las imágenes no tienen la calidad suficiente para identificar al varón que se ve en ellas: “No se puede afirmar en forma alguna que sea Manuel”, argumenta el tribunal. Además, la sala aporta un motivo más para rechazar esa prueba: la última imagen de esa silueta fue captada a las cinco y ocho minutos de la tarde junto a los andenes: “No se le ve coger el autobús”, aclara la sentencia. Y explica: “Pudo estar en el paseo de la Estación a las seis menos veinte (...) pues la distancia no es superior a los 150 metros. Esta prueba no es concluyente de forma alguna”, sentencia la Audiencia.

El tribunal también rechaza el recurso presentado por la defensa de otro de los menores condenados, Juan, quien alegó que se encontraba en un gimnasio de Bujalance cuando se produjeron los hechos. Al respecto, su abogado presentó varias fotografías en las que se ve al chico en una máquina de levantar pesas. La sala confirma que esas imágenes no eran concluyentes, porque podían estar manipuladas y se aportaron mucho después del arresto del menor.

En este punto, la Audiencia da total validez al testimonio de la víctima y lo considera suficiente para quebrantar la presunción de inocencia de los tres adolescentes ahora condenados. La joven, que tenía 16 años cuando sufrió la agresión sexual, siempre ha reconocido sin duda alguna a los cinco implicados. La sala que ha resuelto el recurso en el caso de los menores pone en valor su declaración. Destaca que sus sucesivas declaraciones (ante la Policía, el Juzgado instructor y los psicólogos) fueron “claras, concisas y contundentes”, con la intervención de cada uno de los cinco acusados. “La identificación de los menores se hizo en la Comisaría entre más de 200 fotografías que le enseñaron y, posteriormente, fue ratificado en una rueda de reconocimiento y con absoluta firmeza en la vista oral”, razona la sentencia. De forma subsidiaria, la defensa de Manuel (el menor del autobús) pidió que la intervención de su cliente en la agresión sexual había sido “pasiva”. La sentencia consideró que se quedó apartado del resto, que se rió de la víctima y que, en un momento dado, les dijo a los demás que pararan, “que se estaban pasando”. Esa actitud le valió una condena menos severa que a los otros dos adolescentes. Su abogado pidió a la Audiencia la absolución por este motivo. No obstante, el tribunal considera que Manuel contribuyó “con su presencia intimidante a la producción de los hechos”: “Participó de la conducta de los demás y no hizo nada para que cesara”, explica la sentencia.