La infanta Cristina será juzgada tras el rechazo a la aplicación de la “doctrina Botín”

La Casa del Rey expresa su “respeto absoluto” a la independencia del poder judicial tras esta decisión

29 ene 2016 / 18:32 H.

La Audiencia Provincial de Baleares ha acordado mediante un auto que la Infanta Cristina continúe en el banquillo de los acusados y sea juzgada como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales en el marco del caso Nóos. El Tribunal ha rechazado, de este modo, aplicar la denominada “doctrina Botín” sobre la hermana del rey Felipe VI y otros acusados. La razón es que los hechos concretos por los que la acción popular que ejerce Manos Limpias acusa a Cristina de Borbón —el delito fiscal cometido por su marido, Iñaki Urdangarín, del que se la considera cooperadora—, han sido también introducido en la causa por el resto de acusaciones, que son la Fiscalía y la Abogacía del Estado. En consecuencia, y al haber incorporado dichas acusaciones a este hecho en sus respectivos escritos de acusación, se estima que su conducta es perseguible y no se puede aplicar a este caso la “doctrina Botín”. En el caso el presidente del Santander los hechos que se le imputaban como presuntamente delictivos únicamente eran introducidos en el procedimiento por la acusación popular.

Otro aspecto que el tribunal destaca en su auto es que la participación de los ciudadanos como acusación popular en este tipo de delitos está más que justificada, y que dicho papel no puede dejarse únicamente a la acusación popular. El auto notificado a las no es recurrible en este trámite, si bien las cuestiones previas pueden volver a plantearse ante el Tribunal Supremo una vez se dicte la sentencia, según informan fuentes jurídicas. Así, el tribunal que enjuicia el “caso Nóos” desestima las cuestiones de falta de legitimación invocadas por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas en un auto de carácter muy técnico que se extiende a lo largo de 85 páginas. Respecto a las alegaciones de las partes relativas a la naturaleza del bien jurídico protegido en el delito fiscal, la Sala, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, estima que es de naturaleza supra individual, colectiva o difusa. Ello se aleja de las tesis defendidas durante las cuestiones previas por la Abogacía del Estado en el sentido de que “Hacienda somos todos” es un simple lema publicitario no aplicable al derecho.

Así, aun cuando fuera posible identificar un perjudicado concreto, no debe ser el Ministerio Público el que monopolice toda la acusación “por cuanto la lesión del bien jurídico protegido provoca un detrimento en el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos y compromete la consecución de las finalidades de la política económica y social que deben ser garantizadas en un Estado social y democrático y de derecho”.

Por su parte, la Casa del Rey ha expresado su “respeto absoluto a la independencia del poder judicial” tras conocer la decisión de la Audiencia Provincial de Baleares. El tribunal ha rechazado de este modo aplicarle a la hermana de Felipe VI la conocida como “doctrina Botín”, según la cual si el Ministerio Fiscal y el acusador particular (en este caso, la Agencia Tributaria) solicitan la suspensión de un procedimiento judicial por falta de pruebas o por otra causa y aunque la acusación popular (Manos Limpias) inste la apertura de juicio oral, el juez, obligatoriamente, acordará dicho sobreseimiento.

La Casa del Rey no se ha movido un ápice en la postura que ha mantenido desde la proclamación de Felipe VI con respecto al “caso Nóos” y los diferentes momentos procesales por los que ha pasado su hermana. La llegada al trono de Felipe VI en junio de 2014 supuso no solo la salida de la Infanta Cristina de la Familia Real. Introdujo también un cambio en el lenguaje empleado por la institución para referirse a las decisiones judiciales del “caso Nóos”, que investiga el presunto saqueo de 6,5 millones de euros de las arcas públicas de la Comunidad Valenciana y Baleares cometido por Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres con la firma de contratos inflados. Si Juan Carlos I se implicó en la defensa de su hija (pactó con ella la elección del abogado Miquel Roca, amigo del monarca) y llegó a cuestionar la imparcialidad del juez José Castro cuando el magistrado citó a la Infanta a declarar como imputada (Zarzuela expresó entonces su “sorpresa” por la decisión del juez y apoyó a la Fiscalía cuando recurrió el auto), con Felipe VI en el trono, la Casa del Rey ha expresado siempre su respeto a las decisiones del poder judicial, al tiempo que por primera vez hablaba de “la independencia” de la justicia. Esta posición de expresar su “absoluto respeto a la independencia del poder judicial” se ha mantenido de manera inamovible cada vez que la Casa del Rey, ya con Felipe VI, ha comentado los cambios que se han producido en la situación procesal de la Infanta Cristina, como cuando la Audiencia Provincial de Baleares confirmó en junio pasado que la hermana del Rey tendría que sentarse en el banquillo.