Condenado el menor que causó un incendio en Jabalcuz

Los padres del adolescente deberán pagar los 183.000 euros por los daños

08 nov 2018 / 11:07 H.

Ya hay sentencia. El Juzgado de Menores de Jaén ha condenado al adolescente de 15 años acusado de originar de forma imprudente el incendio que arrasó 19 hectáreas de pinar y monte bajo en el paraje del Portichuelo, en el macizo de Jabalcuz. La magistrada María Teresa Carrasco considera que el adolescente, que tenía 14 años cuando ocurrieron los hechos el pasado 13 de agosto, debe realizar nueve meses de tareas socioeducativas. Además, también le impone que debe hacer frente a los daños causados por las llamas, que han sido tasados en unos 183.000 euros. De esa cantidad deben responder de forma solidaria los padres del adolescente castigado.

En el juicio, celebrado el pasado 23 de octubre, el chico negó los cargos y responsabilizó a otro de los dos menores que lo acompañaban aquel día. Sus dos amigos tenían menos de 14 años y, por lo tanto, son inimputables, es decir, que la Justicia no ha podido actuar contra ellos desde el punto de vista penal. El menor condenado admitió que querían grabar un vídeo tutorial sobre cómo hacer una hoguera con un bote de espray y un encendedor para subirlo a las redes sociales. No obstante, alegó que les dijo a sus dos amigos que el lugar elegido para realizar la grabación —una zona boscosa muy cercana a las casas— no era el más apropiado para ello, puesto que existía mucho peligro.

La juez no ha creído su versión. Es más, la magistrada se apoya en el vídeo que los propios adolescentes grabaron para asegurar que la prueba practicada “no ofrece dudas” de la participación del menor en el delito de incendio imprudente que se le imputa. Al hilo, argumenta que es el propio acusado el que realiza la “presentación”, el que muestra el paisaje, el que coge la mochila, saca el bote de espray y lo muestra a la cámara y el que lo pulsa delante de un encendedor sujetado por uno de sus dos amigos. Tras esta primera “prueba”, los tres menores graban el vídeo definitivo. Es en ese momento, cuando se produce el incendio, que prende rápidamente y se propaga con mucha rapidez. La juez también afirma que hay que tener en cuenta que en ninguno de los vídeos se ve que el adolescente acusado esté “incómodo” o “sorprendido” con el contenido de la mochila o que “desapruebe” lo que están haciendo sus compañeros. Igualmente, tiene en cuenta el testimonio de los guardias civiles que llegaron al lugar. Los agentes dijeron que los tres menores que se habían puesto de acuerdo para grabar el vídeo sobre cómo hacer la fogata con el espray y sobre cómo apagarla después.

Por todo ello, la magistrada entiende que el menor “concertó su voluntad” con los otros dos chicos para realizar “un experimento”. Al respecto, su señoría entiende que el acusado, a sus catorce años”, “ya tenía el suficiente juicio y capacidad de comprensión como para saber lo que hacía y el peligro que comportaba”.

Por ello, le impone como medida la realización de nueve meses de tareas socioeducativas. No obstante, lo verdaderamente importante de este caso son los cuantiosos daños materiales originados en el paraje de “El Portichuelo”, uno de los más hermosos del macizo de Jabalcuz. Ardieron 19 hectáreas de pinar y monte bajo, así como varias parcelas de olivar y parte de un restaurante. En total, los daños ocasionados ascienden a 183.000 euros. La Ley del Menor dice que son los padres los que deben hacer frente a esa cantidad de forma solidaria. Son los progenitores los que deben pagar la cuantiosa “factura” de los daños ocasionados por su hijo. En el procedimiento consta que están declarados insolventes.

La sentencia del Juzgado de Menores no es firme. De hecho, la defensa del adolescente condenado ha presentado el correspondiente recurso ante la Audiencia. Entre otras cosas, alega que el vídeo, que ha sido la principal prueba de cargo en la causa, fue extraído por la Guardia Civil de la cámara sin el consentimiento de los propietarios, es decir, los padres de uno de los menores implicados. Por ello, reclama la nulidad de todo el procedimiento.