Una lucha a brazo partido

La abogada María Luisa Teba pleita para cobrar por incapacidad permanente

10 jun 2019 / 16:56 H.

María Luisa Teba, una letrada alcalaína afincada desde hace años en la provincia de Málaga, lucha, “contra una pesadilla”, para que la mutua le cubra la incapacidad permanente por enfermedad. La cantidad en juego no es baladí, pues se cifra en 1.200 euros al mes. Teba, después de dos sentencias desfavorables —la segunda con condena en costas—, está dispuesta a continuar con su pelea. Por ello presentó una queja formal ante Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Con su reclamación pretende que el CGPJ haga efectivo su derecho a la tutela judicial efectiva. En concreto, considera que existe indefensión causada por el juzgado de Fuengirola que dictó la primera resolución, pues cree que silenció pruebas y cometió “errores”, que luego “arrastraron” a la Audiencia de Málaga en su fallo desestimatario. En este sentido, considera que este último órgano emitió una sentencia que no resulta congruente, pues mientras que en la exposición de motivos y los fundamentos jurídicos le dan la razón, el dictamen es contrario.

Tras los varapalos judiciales, María Luisa Teba argumenta que la mutua le rescindió en 2013 la cobertura porque, en el momento de cursar su ingreso en el plan, en 2004, no declaró las dolencias que había padecido con anterioridad. En cambio, ella destaca que los problemas no estaban diagnosticados a fecha del cuestionario de salud, como reconoce la Audiencia, que según ella, es una “enfermedad sobrevenida”. Añade que la patologia ya había sido indemnizada en proceso de incapacidad temporal. Asimismo, apunta que, si cuando la mutualidad tuvo conocimiento de los informes hubiera detectado engaño, habría rescindido la póliza. Sin embargo, “lejos de ello y de actuar conforme al supuesto engaño que alega reconoce la cobertura de incapacidad temporal por la misma enfermedad a la que con posterioridad, se oponen; es decir, se niega a conveniencia según el importe de la indemnización, que antes era temporal y ahora vitalicia”.

En su opinión, la mutua desvió el objeto del litigio y logró que los tribunales dejaran sin responder sus pretensiones, lo que le causa indefensión. Por ello invoca, conforme a la Constitución, la tutela judicial efectiva. “Probablemente esta estrategia, además de lograr lo que la Ley prohíbe ha s ido disuasoria y de desvío del fraude de rescisión de cobertura y no de póliza”, continúa la abogada. Teba recuerda que la incapacidad permanente absoluta fue de oficio por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, pese a lo cual la mutualidad alegó engaño y violentó la normativa para liberarse del pago.

deseo de que no haya más “afectados”

Teba asevera que da a conocer el “abuso” para evitar que en un país con más de 190.000 mutualistas se den más casos como el suyo. Dice que, si hubiera sospechado lo acontecido cuando cursó el alta en el régimen especial de autónomos se habría dado de baja en la mutualidad, pues todo el dinero que ha aportado serviría para aumentar sus cotizaciones y hoy tendría mejor pensión y más salud.