Una dolorosa marcha atrás

El camino de la Fuente Somera vuelve a ser terrizo para cumplir una sentencia

15 mar 2019 / 16:28 H.

Regreso al pasado. El camino de la Fuente Somera protagoniza una dolorosa marcha atrás. El Ayuntamiento, en cumplimiento de resoluciones judiciales, ejecuta la reversión. Dicho en otras palabras debe dejar lo que convirtió en un calle asfaltada —que también servía de acceso a la urbanización Fuente del Rey— en un carril terrizo. La operación, a diferencia de lo que pueda parecer, no es sencilla, a pesar de que se trata de un tramo corto de solo unos pocos metros. De hecho, se trataba de una obra hecha a conciencia, en la que al asfaltado se unieron la colocación materiales duros, como adoquines, en las zonas de acerado y la instalación de servicios, incluidas algunas farolas. Los trabajos son acometidas con maquinaria pesada por parte de una empresa de Alcalá la Real.

La situación genera descontento entre los usuarios del camino, —sean propietarios de viviendas o parcelas rústicas en las cercanías o no—, por considerar que con la superficie alquitranada hasta ahora resultaba más fácil circular. Por otro lado, se critica que todos los ciudadanos tengan que pagar el coste generado por la restitución. Según las fuentes, la administración local intentó negociar con los denunciantes después de que se conocieran las sentencias. Sin embargo, la ejecución llega unos tres años después de la última resolución de la Justicia.

El asunto tiene su intríngulis, pues las autoridades han intentado dilatar al máximo la reposición del camino a su estado original. El pleito se remonta a anteriores legislaturas, cuando unos particulares, tres hermanos y su madre, propietarios de un inmueble en la zona, presentaron una demanda contra la urbanización del carril, que no compartían. En mayo de 2013 falló a su favor un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén. El Ayuntamiento recurrió y, en mayo de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) corroboró la decisión de primera instancia. En la práctica, el varapalo judicial suponía también una condena al Ayuntamiento, al que impuso las costas en esa instancia. No conforme con la decisión, apeló, de nuevo ante el TSJA, con el argumento de que había una imposibilidad legal de ejecutar la sentencia de 2013. Los servicios jurídicos municipales estimaban que aunque el camino se urbanizó erróneamente al pensar que estaba incluido de una unidad de ejecución de la Fuente del Rey, tal proceso estaba cubierto por el Plan General de Ordenación Urbana. Relataban que la demolición de la obra no beneficiaría a nadie y, en cambio, perjudicaría al mencionado residencial y dejaría el carril “en el estado árido” que tenía antes y repercutiría gravemente a los parcelistas de allí y a propietarios de otras zonas colindantes. Daba a entender que el camino está destinado, en un futuro próximo, a ser asfaltado de nuevo. Los demandantes se opusieron al esgrimir que el incidente de imposibilidad de ejecución se había presentado fuera de plazo y que las obras no eran legalizables porque se habían ejecutado sobre suelo no urbanizable de especial protección. El tercer “revolcón” sobre el asunto llegó en 11 de julio de 2016, cuando el TSJA rechazó de plano las pretensiones municipales y ratifica el auto de enero de ese mismo año en el que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén instaba a la ejecución forzosa la sentencia firma. El correctivo final del Alto Tribunal de Andalucía es tal que, aparte de desestimar la apelación y confirmar el auto, vuelve imponer al Ayuntamiento las costas.