La exsecretaria de Cortes de Baza no pagará indemnización

La mujer, vinculada con la ciudad de la Mota, fue condenada por malversación

    29 ene 2018 / 08:55 H.

    La exsecretaria e interventora de Cortes de Baza condenada por la Audiencia de Granada a cinco años, tres meses y un día de prisión y a nueve años de inhabilitación absoluta como autora de un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con otro continuado de falsedad documental logra una importante victoria. Rosa María R. Ch., nacida en Linares en 1967 y muy vinculada con Alcalá la Real, donde vivió durante años, consigue que el Supremo le dé la razón, aunque parcialmente.

    La funcionaria, mientras desempeñó su trabajo en el Ayuntamiento del pequeño municipio granadino, tiempo atrás, desvió dinero de las arcas municipales de Cortes de Baza a cuentas de su propiedad y de la compañía de su marido. La excusa eran las dificultades que atravesaba su economía familiar, especialmente por los problemas financieros de la agencia de viajes de su esposo. Se valió de su condición en la administración para, mediante varios procedimientos, hacerse con el dinero. La suma sustraída, según la resolución judicial de la Audiencia, fue de 212.425,76 euros. Sin embargo, después de ser descubierta, la procesada devolvió 136.027,12. Esa misma instancia judicial determinó que la cantidad con la que Rosa María R. Ch. tendría que indemnizar al Ayuntamiento cortesano era algo superior a 308.000. No obstante, la autora de los hechos presentó ante el Supremo un recurso de casación por infracción de ley y de precepto constitucional. El Alto Tribunal no atiende sus argumentos de que no se habían tenido en cuenta su confesión —ya que después de que la sucursal bancaria apreciara anomalías admitió lo ocurrido a la alcaldesa de Cortes, a la que aseguró que había hecho las transferencias para poner a buen recaudo los fondos ante las deudas municipales con la Seguridad Social— y la reparación cualificada del daño —pues reintegró una parte sustancial de la suma sustraída—. En cambio, en la segunda y última sentencia, los magistrados sí aprecian una vulneración al derecho de defensa y a tutela judicial efectiva de Rosa María R. Ch. La Audiencia Provincial de Granada, al imponerle la indemnización, tuvo en cuenta los intereses y recargos con la Seguridad Social y Hacienda ocasionados por los débitos contraídos por el Ayuntamiento en los años que ejerció de secretaria e interventora al atribuirlos, en buena parte, a su desfalco. Sin embargo, el Supremo duda de este extremo. Por ello, en un nuevo fallo, la Sala de lo Penal del tribunal Supremo que no procede fijar indemnización a cargo de la responsable de la malversación de fondos públicos porque el Ayuntamiento de Cortes de Baza no presentó las autoliquidaciones por retención del IRPF del personal, por lo que no se justifica el nexo con la encausada.