¿Reformar la Constitución?

11 ene 2018 / 09:22 H.

Ha comenzado un nuevo año y Dios nos ofrece el mayor de los regalos que podemos recibir la humanidad. Nos da a su Madre, a María Madre de Dios. La maternidad verdadera de María garantiza la verdadera Humanidad de Cristo. Cristo es Dios, y la maternidad de María es, por tanto, una maternidad divina; la divinidad de su Hijo repercute de esta manera en su Madre. Es en el siglo IV, cuando es más usado el nombre “Madre de Dios”. En la carta dirigida a Nestorio en el siglo V por San Cirilo y por el Sínodo de Alejandría se afirma: “Si alguno no profesa que el Emmanuel es verdaderamente Dios y, por consiguiente, la Santa Virgen es la Madre de Dios, sea anatema”. En los cinco primeros siglos quedaron plenamente demostradas dos grandes verdades marianas; la maternidad divina y la virginidad perpetua. En este siglo, San Jerónimo es el Doctor máximo de la perpetua virginidad de la Madre de Dios. En el siglo VII, sobresalen tres grandes panegiristas de la Madre de Dios: San Modesto (Patriarca de Jerusalén), San Sofronio y San Juan de Tesalónica. En el Sínodo Romano de 430, el Papa San Celestino I proclamó solemnemente la fe de la Iglesia Romana en la dignidad de María, Madre de Dios. A lo largo de los siglos siguen siendo numerosísimos los testimonios y declaraciones dogmáticas sobre María y, así, el Sumo Pontífice Pío XI en el año 1931 (XV centenario del concilio de Éfeso) reafirma con rotundidad la gloriosa verdad, para dar, igualmente, la razón teológica: “En verdad, si el Hijo de la Bienaventurada Virgen María es Dios, ciertamente la que lo engendró debe ser llamada con todo derecho Madre de Dios”.

el acuerdo alcanzando a finales del pasado año entre el Reino Unido y la Comisión Europea sobre los términos de la ruptura es una buena noticia. Los términos del compromiso permiten pronosticar un Brexit suave. Theresa May ha acabado cediendo en los tres capítulos más discutidos. Ha aceptado el pago de la factura pendiente con la Unión que le reclamaba Bruselas y la tutela de los derechos de los ciudadanos europeos que viven en el Reino Unido, incluida la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Habrá una frontera transparente entre la República de Irlanda e Irlanda del Norte. La fórmula acordada para que no haya frontera entre las dos irlandas es la que parece indicar que el brexit finalmente será blando. Irlanda del Norte sigue de facto en el mercado único y en la unión aduanera a cambio de aceptar una convergencia regulatoria. Lo que pase por esa frontera estará sometido al mismo derecho que el que rige en la Unión. Si es así para Irlanda del Norte ¿por qué no puede ser así también para el resto del Reino Unido? Si se avanza en esta dirección se puede llegar a una fórmula para el futuro similar a la establecida para Noruega: lo que supone estar de hecho en el mercado único sin poder dictar sus reglas.

desde hace tiempo se habla de la necesidad de reformar la Constitución, hace un mes se cumplían treinta y nueve años y que nació del consenso de una sociedad deseosa de emprender el camino de la reconciliación después de cuarenta años de dictadura.

Es posible que a la Carta Magna le convenga alguna reforma, siempre que goce del máximo consenso posible. Sin embargo asistimos a una especie de impugnación general, tal vez acelerada por la deriva catalanista, especialmente entre quienes pretenden encarnar la “nueva política”. Este ha sido el santo y seña de Podemos, pero curiosamente existe también una deriva en ese mismo sentido por parte de algunos sectores del PSOE.