Un error procesal devuelve a instrucción la causa por el apuñalamiento en Pozo Alcón

19 feb 2019 / 20:02 H.

Un error procesal puesto de manifiesto por el Ministerio Fiscal ha llevado al tribunal de la Sección Segunda en la Audiencia de Jaén ha devolver a instrucción la causa que se iba a juzgar este martes y por la que se sentaba en el banquillo un hombre, J.D.R.E., acusado de apuñalar a otro hombre, J.A.L.G., en el transcurso de una pelea ocurrida en Pozo Alcón.

La víctima también estaba previsto que se sentara en el banquillo en calidad de acusado. La diferencia es que mientras que a J.D.E.R. el Ministerio Público le pedía tres años y medio por un delito de lesiones agravadas, a la víctima le reclaman tres meses de prisión por un delito de lesiones leves.

El hecho de que la acusación particular haya calificado los hechos como un delito de tentativa de asesinato u homicidio en un procedimiento abreviado cuando correspondería a un sumario, es lo que ha llevado al tribunal a declarar la nulidad y a devolver la causa a instrucción para que se dicte nuevamente auto de apertura oral con una calificación ajustada por parte de la acusación particular.

Según recoge el Ministerio Fiscal en su escrito de calificación al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan al 26 de diciembre de 2016 cuando J.D.R.E. le preguntó al acusado por el paradero de su padre. La respuesta de J.D.E.R, según el fiscal, fue un puñetazo en la nariz que le rompió las gafas.

Tras recibir el puñetazo, “con ánimo de menoscabar la integridad física del otro” sacó una navaja del bolsillo del pantalón y agredió a J.A.L.G., causándole heridas incisas por arma blanca en la parte lateral del abdomen, en la región inguinal izquierda, en la región escapular izquierda, en el dorso lumbar, así como cervialgia, hematoma escrotal, perineal y una crisis de ansiedad.

J.D.R.E. ya ha depositado en una cuenta judicial 8.000 euros para responder a las posibles responsabilidades civiles en las que pudiera haber incurrido.